Avanza reforma a la Ley Estatutaria de la Justicia en Senado | El Nuevo Siglo
Foto Diana Rubiano- El Nuevo Siglo
Miércoles, 26 de Mayo de 2021
Redacción Política

La Comisión Primera del Senado de la República aprobó en tercer debate el proyecto de ley que regula la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia.

Se trata de una iniciativa que recoge en un solo cuerpo normativo los proyectos 295, 430 y 468 de 2020 radicados ante la Secretaría General de la Cámara por el Consejo Superior de la Judicatura y el Ministerio de Justicia y del Derecho, y que fueron socializados con la Rama Judicial y el Colegio de Jueces y Fiscales.

Este proyecto reforma aspectos sustanciales de la Ley 270 de 1996, estatutaria de la Administración de Justicia, y pretende mejorar las condiciones de trabajo de los servidores judiciales, reestructurar la Escuela Judicial y hacer ajustes para lograr mayor seguridad jurídica.

El ministro de Justicia y del Derecho, Wilson Ruiz Orejuela, explicó que la administración de justicia es un servicio público esencial, por eso la reforma busca adecuar el gobierno y administración de la Rama Judicial a la arquitectura constitucional establecida en el acto legislativo 02 de 2015, y el precedente de la Corte Constitucional.

La iniciativa adapta la conformación autónoma y funcional del Consejo Superior de la Judicatura como órgano de gobierno y administración de la Rama Judicial y de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial que ejerce la función jurisdiccional disciplinaria sobre los funcionarios y empleados de la Rama Judicial.

Igualmente, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial como órgano técnico y administrativo ejecutor, y hace efectivo el Estado de Derecho y el principio de separación de poderes con mayor autonomía presupuestal para la Rama Judicial.

Otros aspectos que contempla el articulado son el fortalecimiento de la defensoría pública y el impulso de los medios alternativos de solución de conflictos de manera pronta y cumplida.

Según el ministro Ruiz, adaptar la administración de justicia a las tecnologías de la información y las comunicaciones bajo un enfoque de adopción del expediente digital, mejora la eficiencia y productividad en tiempos y costos para el Estado. Razón por la cual el ciudadano podrá acceder a la justicia de manera pronta, efectiva y eficaz.



“Establecer con rigor los principios de la administración de justicia como carta de navegación de todos los operadores jurídicos y medidas de prevención de corrupción le devolverán la confianza a la ciudadana en la justicia”, aseguró.

El jefe de la cartera se mostró dispuesto a hacer los ajustes que requiera el proyecto para sacarlo adelante y a avanzar en la transformación digital de la Rama Judicial.

Judicatura

Así mismo, la propuesta de reforma determina la función constitucional del Consejo Superior de la Judicatura para ubicar y distribuir los despachos judiciales de acuerdo con la conflictividad social y la demanda de justicia a nivel local y rural, permitiendo la creación de juzgados itinerantes.

Además, fortalece otros temas como la carrera judicial, la autonomía e independencia presupuestal de la Rama Judicial, la doble instancia en asuntos disciplinarios para magistrados de Tribunales y fiscales delegados ante Tribunal, la transformación digital, la modernización de la infraestructura y la credibilidad del ciudadano en la justicia.

La iniciativa tiene como propósito priorizar el mérito a través de los concursos abiertos y premiar a los mejores servidores judiciales mediante el concurso de ascensos.

Por ello, se propone en la reforma lo siguiente: aumentar los requisitos para el acceso a los cargos de juez municipal, juez del circuito y magistrado de tribunal, lo que conlleva a exigir una mayor experiencia para resolver los casos que corresponden a cada especialidad.

La reforma responde a las necesidades de los usuarios de la administración de justicia del siglo XXI de mejorar la eficiencia, eficacia y acceso oportuno y ágil al servicio de la prestación de justicia, para garantizar los derechos de quienes acuden ante el sistema judicial con el fin de solucionar sus controversias.

Otro de los pilares del proyecto es la provisión de las vacantes temporales o definitivas en la Rama Judicial que se hará a través de las listas de elegibles o por medio de la designación de un empleado de carrera que pertenezca a ese despacho judicial, siempre y cuando este cumpla con los requisitos establecidos en la Constitución o la ley, para fortalecer experiencia y mérito.

No obstante, el Consejo Superior de la Judicatura reitera que algunos artículos incorporados al proyecto de reforma contrarían la sentencia C-285 de 2016 proferida por la Corte Constitucional, con respecto a la  Comisión Interinstitucional “cuya labor no es la de gobernar ni la de administrar la Rama Judicial, sino la de servir de mecanismos de información recíproca entre las instancias judiciales, y la de servir como canal de comunicación entre el sector justicia y el gobierno y administración de la Rama Judicial”, dice la Judicatura.