Con el objetivo de disminuir la abstención electoral de la ciudadanía, la Comisión Primera de la Cámara de Representantes debatirá nuevamente el proyecto de ley que busca implementar el "voto obligatorio" en Colombia, lo que modificaría el artículo 258 de la Constitución Política.
Aunque no ha tenido el respaldo de las mayorías de los senadores y representantes de anteriores periodos legislativos, en esta ocasión dos ponencias contemplaban este objetivo, por lo que se decidió acumular los proyectos y presentar uno solo para su primer debate.
El representante Jorge Enrique Benedetti explicó que esta figura se podría aplicar por un periodo de 12 años para que los colombianos puedan asistir masivamente a las urnas y poder bajar el índice de abstencionismo que normalmente se registró en las anteriores jornadas electorales.
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“Buscamos lograr la reglamentación legal del deber de votar, como un deber obligatorio durante un periodo de 12 años. Con esto, queremos combatir la abstención electoral, proteger los recursos públicos destinados a las elecciones y buscar mayor gobernabilidad”, aseguró el congresista.
Añadió que, a diferencia de otros proyectos que se hundieron en el Congreso, este cuenta con el respaldo de todos los sectores, por lo que consideró que no estaría en riesgo de ser negado por las bancadas.
“Con la ayuda de distintos académicos, sectores sociales y otros congresistas logramos nutrirlo y hacerle algunas modificaciones. Justificamos por qué la ley sí puede reglamentar la obligatoriedad del deber de votar, y ya no será la Registraduría quien reglamente este acto legislativo, sino el Consejo Nacional Electoral”, sostuvo.
Abstencionismo ciudadano
El parlamentario Juan Diego Echavarría señaló que “se pretende contrarrestar el abstencionismo con el fin de lograr mejores tasas de participación electoral, a efectos de alcanzar porcentajes exitosos con esta estrategia”.
De acuerdo con un estudio realizado por la Registraduría Nacional, el Cedae y la Universidad Sergio Arboleda, desde 1978 hasta la fecha, se puede identificar que la abstención electoral tanto en el nivel nacional como en el subnacional fluctúa entre el 40% y el 60%. Estas tasas tienden a ser altas en particular en elecciones de cuerpos colegiados como Congreso, alcaldes, gobernadores, Concejos, Asambleas y ediles de Juntas Administradoras Locales.
Incentivos para votantes
En cuanto a los incentivos que generaría esta práctica, los legisladores sostienen que el día de descanso remunerado o descuento en trámites se mantendrán. Pero lo que quieren es establecer la fórmula incentivo-obligación-sanción, que definirá las causales de exoneración de responsabilidad y las sanciones por el hecho de no votar.
“Votar en todas las elecciones parlamentarias, presidenciales y de autoridades locales será un deber de obligatorio cumplimiento para todos los ciudadanos colombianos mayores de 18 años, durante los 12 años siguientes a la expedición de la ley que desarrolle el presente parágrafo. Incumplir este deber conlleva una sanción monetaria”, explicó Benedetti.
Frente a la posibilidad de que se declare inconstitucional, la propuesta menciona que “no podría afirmarse la existencia de una cláusula pétrea que impidiera adoptar constitucionalmente el voto obligatorio en los actos electorales, teniendo en cuenta que la existencia de una democracia, es la misma existencia de la participación ciudadana, la cual enseña que no podrían existir democracias con abstencionismo".
Otros modelos
El proyecto se basó en los modelos que han ejercido países como Argentina, Australia, Bélgica, Bolivia, Brasil, Ecuador, Egipto, Grecia, Honduras, Panamá, Perú o Uruguay, que registraron unos avances significativos para la disminución de la abstención. Solo Colombia y Nicaragua no han implementado una política que implemente el voto obligatorio, por lo que “consideramos que es momento de que, desde la actividad legislativa, se desarrolle la reglamentación legal necesaria sobre el voto como un deber del ciudadano colombiano”, puntualizó.
Cabe recordar que este es un proyecto de reforma constitucional, por lo que debe superar ocho debates en el Congreso, cuatro en Cámara y el restante en Senado. El acto legislativo tiene hasta el 20 de julio de 2022 para que no sea hundido o archivado por vencimiento de términos. “Pido a los compañeros que nos acompañen con esta iniciativa que fortalecerá la democracia del país”, afirmó el senador Benedetti.