“Se debe simplificar pago de impuestos y perseguir a evasores” | El Nuevo Siglo
EL EXPERTO tributarista Pedro Sarmiento destaca la importancia de ordenar el sistema tributario colombiano para hacerlo más simple.
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Martes, 5 de Julio de 2022
Redacción Economía

En medio de las expectativas sobre la inminente reforma tributaria que ya empieza a diseñar el gobierno entrante de Gustavo Petro, y con los primeros anuncios de José Antonio Ocampo, quien será el ministro de Hacienda, comenzaron en el país toda una serie de análisis sobre los aspectos más importantes que podría tener la nueva carta financiera.

Todo indica que las pretensiones iniciales de alcanzar al menos unos $50 billones con la próxima reforma tributaria quedaron al menos en el papel al ser anunciadas por el equipo económico.

Sin embargo, preocupa que las altas pretensiones de recaudo terminen por golpear a sectores que ya han venido afectados tanto por la emergencia sanitaria como por la crisis económica derivada de la alta inflación que actualmente sacude al mundo y al país.

De allí que, ante esta incertidumbre, EL NUEVO SIGLO consultó con el experto Pedro Sarmiento, socio director de Impuestos y Servicios Legales en Crowe Colombia, y quien ha sido alto funcionario de la DIAN y asesor en el Fondo Monetario Internacional, para conocer sus reflexiones sobre lo que se le viene encima al próximo gobierno.

Ordenar la casa

Respecto a los elementos que puede contener esa reforma, Sarmiento señala que “se debería ordenar la administración tributaria, dedicar sus esfuerzos en perseguir a los informales, evasores y en especial en controlar las transacciones con los vinculados del exterior, con normas muy específicas que impidan la planeación internacional y controlen la sustancia de las operaciones y los modelos económicos de múltiples jurisdicciones que soportan las transacciones internacionales”.

Asegura el experto que “para las actuales condiciones de la economía es más importante ampliar la base tributaria sobre la simplicidad normativa, procedimental, tarifaria, de manera que se establezca una estructura que regule o defina la causación y las limitaciones, para considerar los ingresos de los contribuyentes y sobre esta base se establezca una tarifa única del 5%, sin costos, deducciones, exenciones, tarifas diferenciales, acompañado de un sistema muy robusto de facturación de bienes, servicios y de nómina”.

Asimismo, Sarmiento asegura, respecto al tratamiento de las exenciones y beneficios, que “otros expertos consideran que el sistema tributario puede ser un instrumento de direccionamiento de desarrollo económico, mediante el reconocimiento de exenciones, deducciones especiales, créditos tributarios y tratamientos preferenciales que permiten a las empresas el ejercicio de la llamada planeación tributaria, a fin de establecer una tasa real de tributación que según la OCDE en nuestro país es de 14,9%”.

Derechos

Asegura el socio de Crowe que “dentro de nuestras normas constitucionales existen disposiciones modeladoras de la obligación tributaria, como la irretroactividad, el respeto por los derechos adquiridos, tales como exenciones o tratamiento favorable, el principio de la equidad, y por supuesto el hecho de que los administradores se sujeten a los procedimientos e interpretaciones de la ley dentro de criterios de igualdad en el tratamiento y oportunidad”.

“Ahora es importante analizar -sostiene- cómo se pueden tomar esos elementos constitutivos para implementarlos de manera que el resultado sea un sistema tributario con indicadores que nos permitan evaluar qué es verdaderamente equitativo, justo y que contribuya al bienestar de la comunidad en general”.

Precisamente una de las preocupaciones de los colombianos son las diferentes formas o condiciones de la carta tributaria actual. Al respecto, Sarmiento sostiene que “algunos afirman que el sistema debería ser neutro, y en consecuencia tendrían que derogarse la totalidad de los gastos tributarios expresados en exenciones, deducciones especiales, créditos tributarios, tarifas diferenciales, beneficios especiales y que incluso podría buscarse un sistema que tribute sobre ingresos brutos a una tarifa remunerativa que puede estimarse en el 5% para el impuesto sobre la renta y del 10% para el impuesto sobre las ventas, sin deducción alguna”.



Cambio al IVA

Respecto a lo que podría pasar con el cobro del IVA, indica que “no puede dejar de considerarse, más allá del afán recaudatorio, la necesidad de revisar integralmente el impuesto sobre las ventas para devolverle la simplicidad necesaria, que permita aplicar tarifas bajas (17%), o incluso de cambiar su estructura e incorporar un sistema de impuesto a las ventas plurifásico, simple, acumulativo y con una tarifa única del 10% que no cubra la canasta familiar, que respete el principio de no exportación de impuestos y que, por supuesto, elimine el impuesto al consumo nacional, que ha sido de buen recibo recaudatorio pero una fuente de evasión y de indisciplina fiscal”.

Señala el experto tributarista que “en el IVA o impuesto a las ventas lo importante es la eliminación de los tratamientos preferenciales no justificados, la simplificación de sus trámites, su manejo en las ventas dentro de las zonas francas y la posibilidad de buscar en la generalización y en los programas de factura electrónica una disminución de la evasión que puede redundar en ingresos superiores a una reforma tributaria”.

Descentralización

Otro elemento que no debe faltar, asegura Sarmiento, es que “entre las reformas que deberían darse no se puede dejar sin mencionar la del régimen tributario territorial y se recomienda una verdadera descentralización fiscal, de forma que los municipios reciban o amplíen sus responsabilidades en la provisión de bienes públicos, con la atribución de recursos que financien sus obligaciones”.

Asimismo, el tributarista dice que “dentro de las grandes reformas que, por encima de la voluntad de la Presidencia de la República, se deben debatir y presentar al Congreso, está la del régimen sancionatorio y medidas de aprehensión en aduanas”.

Régimen de aduanas

Sarmiento sostiene que “en el marco de un nuevo régimen sancionatorio sería deseable que se simplificara la legislación aduanera de forma que pueda ser administrado por sistemas informáticos más sencillos y controlables y, por ende, se reformule la normatividad o régimen de aduanas de forma que responda a los nuevos modelos de facilitación del comercio exterior, y la realización de un control eficiente que no genere discrecionalidades y por supuesto sea un instrumento del control del contrabando técnico o abierto, verdadero flagelo de la economía nacional”.

Señala que “en el ámbito subnacional también existen posibilidades de modificación y perfeccionamiento del sistema tributario, que estarán, sin duda, en el portafolio del nuevo gobierno. No tenemos dudas que al respecto se abre una discusión que dará para ocupar buena parte del tiempo de los expertos”.

Insiste en que “las diferentes vías para reorientar el sistema tributario, cumpliendo los principios de legalidad, eficiencia, equidad, progresividad, irretroactividad y capacidad contributiva, que son los pilares de la infraestructura tributaria, para darle forma a la posibilidad de una reforma tributaria nacional, deben partir de la simplificación del sistema en su totalidad”.

Pedro Sarmiento es uno de los más reconocidos tributaristas del país, no en vano cuenta con 42 años de experiencia en el ejercicio del Derecho enfocado al tema tributario, ha sido alto funcionario de la DIAN y en el Fondo Monetario Internacional. Entre 2019 y 2020 se desempeñó como comisionado experto para el Estudio del Sistema Tributario Territorial designado por el Ministerio de Hacienda.

Es doctor en Derecho y especialista en Administración de la Universidad de los Andes. Es abogado tributario y tributario internacional de la Universidad Externado de Colombia y tiene estudios en Impuestos Internacionales en la Universidad de Maastricht de Países Bajos. Actualmente es socio director de Impuestos y Servicios Legales en Crowe Colombia, una firma experta en auditoría contable, asesoría legal y tributaria.