Por presunta participación en política, la Procuraduría General de la Nación le abrió investigación disciplinaria al alcalde de Sincelejo, Sucre, Jacobo Quessep Espinosa.
A través de un comunicado, la Procuraduría informó que busca determinar si el Burgomaestre celebró un pacto político con el candidato a la Gobernación Yair Acuña Cardales, inscrito por el movimiento político “100% por Sucre para el periodo 2020-2023”, que al parecer incluía como contraprestación el apoyo de Acuña al candidato para la Alcaldía por Cambio Radical, Andrés Gómez Martínez.
Así mismo, establecer la posible influencia política de Quessep Espinosa sobre los concejales del municipio para votar por determinados candidatos a la Alcaldía, y la Gobernación del departamento.
También fue vinculado a la investigación el gerente del Instituto de Recreación y Deporte (Imder), Samuel David Álvarez León, por presunto abuso de poder al facilitar el préstamo del estadio municipal Arturo Cumplido Sierra, el 24 de agosto, para encuentros deportivos, en uno de los cuales se habría desarrollado un acto de proselitismo político.
El Ministerio Público ordenó la práctica de diferentes pruebas para determinar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se desarrollaron los hechos motivo de la presente investigación.
Los investigados tendrán derecho a ser escuchados en versión libre.
Ayer mismo se supo que la Procuraduría, también por presunta participación en política, le abrió investigación disciplinaria al alcalde de Tenza, Boyacá, Jhon Alexander López, ordenando su suspensión por un mes.
La Procuraduría Provincial de Guateque busca determinar si el funcionario pudo incurrir en falta disciplinaria al presuntamente invitar a los habitantes del municipio que se encontraban en la plaza de mercado, a participar de una actividad de carácter político liderada por el candidato a la Alcaldía Mario Fernando Lozano Duarte, quien es avalado por la Alianza Verde.
La suspensión provisional de López Mendoza sin derecho a remuneración durante el término que dure la medida cautelar, según lo previsto en el artículo 157 del Código Disciplinario Único, es de inmediato cumplimiento. El investigado no podrá ejercer cargo o función pública, o contratar con el Estado, durante este tiempo.
El Ministerio Público decretó la práctica de pruebas, con el fin de verificar la ocurrencia de la conducta y establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar.
El Alcalde podrá ser escuchado en versión libre, si así lo solicita.