Las 18 excepciones para circular en el Día sin Carro | El Nuevo Siglo
Alcaldía de Bogotá
Miércoles, 1 de Febrero de 2023
Redacción Web

La Alcaldía Mayor dio a conocer los vehículos que podrán circular durante el Día sin Carro en Bogotá, que se realizará el próximo jueves 2 de febrero, entre las 5:00 a.m. y 9:00 p.m.

Se trata de 18 excepciones a la medida que restringe el tránsito de carros y motos particulares.

Entre los carros que podrán circular este jueves, aparecen aquellos que sean propulsados por motores eléctricos, así como aquellos conducidos por personas en condición de de discapacidad y carrozas fúnebres.

Es importante destacar que el Sistema de Integrado de Transporte Público contará con el 100% de su flota, tanto en rutas zonales como en las troncales en hora pico, y se reforzará en la hora valle (9:00 a. m. a 4:00 p.m.). 

Igualmente, el Sistema de Bicicletas Compartidas también está a disposición de los ciudadanos para que se puedan movilizar de forma rápida. Se contará con cerca de 300 estaciones, 1.500 bicicletas mecánicas, 1.500 bicicletas asistidas, 150 sillas para niños y niñas, 150 manocletas y 150 bicicletas de cajón.

Se prevé que durante la jornada dejen de circular cerca de 1.850.000 vehículos particulares y 430.000 motocicletas en la capital.


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Conozca a continuación las excepciones que aplican durante esta jornada: 

  1. Transporte público
  2. Vehículos y motos conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
  3. Vehículos y motos de emergencia.
  4. Vehículos y motos propulsados por motores eléctricos.
  5. Rutas escolares.
  6. Carrozas fúnebres.
  7. Vehículos de transporte de valores.
  8. Vehículos con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
  9. Vehículos y motos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
  10. Transporte destinado al control del tráfico y las grúas.
  11. Caravana presidencial.
  12. Vehículos y motos militares, de la Policía Nacional y de organismos de seguridad del Estado.
  13. Vehículos de servicio diplomático o consular. 
  14. Motos de vigilancia y seguridad privada.
  15. Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
  16. Motocicletas, vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos. 
  17. Transporte para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
  18. Vehículos y motos para el control de emisiones y vertimientos.