Revisión de escrutinios por CNE reviviría | El Nuevo Siglo
Lunes, 2 de Septiembre de 2013

Definitivamente está descartada la posibilidad de que se revisen los escrutinios y documentos electorales en los comicios legislativos y presidenciales del año próximo. El Consejo Nacional Electoral desistió de presentar al Parlamento un proyecto de ley estatutaria para habilitar esa facultad que le dio la Reforma Política de 2009.

 

Precisamente dicha Reforma otorgó algunas nuevas facultades al CNE, entre ellas “de oficio, o por solicitud, revisar escrutinios y los documentos electorales concernientes a cualquiera de las etapas del proceso administrativo de elección con el objeto de que se garantice la verdad de los resultados”.

 

Esta facultad marca un punto de quiebre en materia de ejercer un control inmediato sobre los resultados en las elecciones en aras de preservar la pureza del sufragio, pues si el organismo electoral encuentra en esta revisión irregularidades, puede optar por no contabilizar la votación de las mesas que están en discusión o incluso ordenar que se repitan esas elecciones.

 

De esta forma una irregularidad puede ser ‘atajada’ a tiempo, a diferencia de  lo que hoy ocurre, que una demanda por irregularidades en la votación debe surtirse ante el Consejo de Estado, en donde puede ser fallada seis meses o incluso dos años después anulando esa elección, pero de todas formas la persona en discusión logró permanecer en el cargo todo ese tiempo.

Bajo ese fundamento el CNE reguló esta atribución por medio de una resolución, lo que le permitió ‘estrenar’ esta facultad en los comicios legislativos en que se eligió al actual Congreso. Posteriormente hizo lo propio en las elecciones territoriales de octubre de 2011.

Vale recordar que la revisión de escrutinios que adelantó el CNE en los comicios de Congreso en 2010 fue un proceso marcado por los cuestionamientos y las críticas. El organismo tuvo que resolver una avalancha de impugnaciones por los resultados en Senado y Cámara, lo que dilató este procedimiento por cerca de cuatro meses, tanto que solo un día antes de que se instalara el Parlamento el 20 de julio de 2010 se vino a conocer la conformación final del Senado.

 

Sin embargo, el 20 de noviembre de 2012 el Consejo de Estado anuló dicha resolución al concluir que “el CNE excedió sus competencias para efectuar la regulación de su nueva función de revisión, por ser una materia que por su naturaleza está reservada al legislador estatutario y que, como tal, no puede ser objeto de regulación por órgano diverso al de representación popular pese a que este ente ostente una naturaleza autónoma e independiente”, indica la sentencia.

<INTERTIT>Intento fallido

En marzo de 2013 el entonces presidente del CNE, magistrado Carlos Ardila, radicó en Senado dos proyectos de ley estatutaria para regularizar funciones que le fueron otorgadas al organismo por la Reforma Política de 2009. Uno tenía que ver con tener la autonomía administrativa y el otro para regular las competencias especiales para revisar los escrutinios.

Sin embargo, sendos proyectos se hundieron por falta de trámite en medio de una agenda marcada por la reglamentación de la reforma al Fuero Penal Militar.

Hace unas pocas semanas la nueva presidenta del CNE, magistrada Nora Tapia, insistió en la ofensiva legislativa del organismo ante el Congreso para buscar que le regulen sus nuevas facultades. Se trata de un proyecto para aplicar en las elecciones de 2014 nuevamente la facultad de revocar la inscripción de candidatos que empleó en los comicios territoriales de 2011, pero que hace poco el Consejo de Estado dejó sin efecto al determinar que esta regulación solamente la puede hacer el Congreso; en tanto que la otra iniciativa es para que le sea reconocida la autonomía administrativa y financiera.

Sin embargo, no fue presentado el proyecto para regularizar la revisión de escrutinios por parte del CNE, frente a lo cual la magistrada Tapia explicó que “nosotros no lo presentamos porque si ya el Congreso lo archivó consideramos que no era prudente volverlo a presentar, sobre todo en una legislatura tan cortica y con temas tan importantes para el Gobierno. Entonces como al de uno no le dan prioridad, entonces lo archivan nuevamente y nosotros creemos que las facultades constitucionales de nosotros (CNE) de revisión continúan mínimo vía derecho electoral, vía reclamaciones normales de código electoral”.