Recarga en celulares por mínimo 60 días | El Nuevo Siglo
Lunes, 14 de Enero de 2013

La Comisión Reguladora de Comunicaciones, CRC, anunció hoy que las recargas de los celulares en prepago deben tener una vigencia como mínimo de 60 días, por lo que los saldos no podrán ser cortados antes de ese lapso.

Además, La CRC estableció que los saldos que no se consuman podrán ser transferidos a una tarjeta o recarga que adquiera el usuario a través de mecanismos físicos, tecnológicos o electrónicos, en un plazo de al menos 30 días adicionales a partir del vencimiento de dicha vigencia, sin que ello implique costo alguno para el usuario.

En las tarjetas impresas o a través del mismo medio en que se provean las tarjetas electrónicas deberá estar indicado el valor de las mismas, la vigencia, la fecha de expedición y expiración.

Así mismo, los operadores deberán suministrar información sobre las tarifas aplicables al servicio, el saldo en dinero y la vigencia del mismo; además de dar dirección del sitio web donde el usuario puede encontrar los valores de las llamadas internacionales y llamadas a números con tarifas especiales.

Otras disposiciones incluyen la información al usuario, 24 horas antes, del vencimiento de la recarga mediante un mensaje de voz o de texto.