La Procuraduría pidió a la Comisión Séptima de Cámara suspender provisionalmente el debate de la reforma pensional, argumentando que no hay garantías para la oposición.
El Ministerio Público apoya la tutela interpuesta por el partido Cambio Radical que pide para la discusión de la iniciativa hasta que puedan presentar ponencia con los argumentos de la oposición
En ese sentido, la Procuraduría señaló que no se le dio plazo a la oposición para radicar su ponencia, por lo que se incumple el Estatuto de Oposición.
En el documento firmado por la procuradora delegada en Salud, Diana Ojeda, pide un plazo de por lo menos hasta el 25 de mayo.
El Ministerio Público señala que ha transgredido los derechos fundamentales de los ponentes "Representantes a la Cámara Betsy Judith Pérez Arango, del Partido Cambio Radical, y Juan Felipe Corzo Álvarez, del Partido Centro Democrático, a la participación efectiva e política, a ejercer la oposición política y al debido proceso en el trámite legislativo, al decidir arbitrariamente no conceder la prórroga al plazo establecido para rendir el informe de ponencia en su condición integrantes de partidos de oposición, en condición de minoría dentro de la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, como se expone a continuación”.
Tutela Cambio Radical
El 17 de mayo, Cambio Radical ante el Consejo Nacional Electoral radicó una Acción de protección de los derechos de la oposición en la que solicitan que se ordene a la Mesa Directiva de la Comisión Séptima Constitucional Permanente, otorgar la prórroga solicitada y por el plazo máximo contemplado o permitido por la ley que reglamenta el funcionamiento del Congreso (Ley 5ta de 1992) y suspender el inicio del debate legislativo hasta tanto la ponente del Partido Cambio Radical radique ponencia.
Esta colectividad también instauró, por medio de la representante Betsy Pérez, una acción de tutela en la cual entre otros argumentos se habla de que “menoscaba por completo nuestros derechos como ponentes y miembros de la oposición, hacer un estudio responsable en siete (7) días, y desde un criterio diferente y distante al gobierno nacional, debería haber contado con todas las garantías por parte de la mesa directiva que además es parte de la coalición de Gobierno, mayor razón, para que la oposición tuviera el tiempo apenas justo. Reiteramos señor Juez Constitucional, solo se trataba de una prórroga de siete (7) días adicionales a los iniciales, no DOS MESES, como sí ocurrió en el Senado de la República”.
Así las cosas, la colectividad explica que la acción de tutela se fundamenta en que la Mesa Directiva negó la prórroga violentando derecho fundamental de la oposición, y por ende solicita que se proteja el derecho de la oposición y al debido proceso legislativo, así como solicitar medida provisional en la que se pide al juez que decrete la suspensión del debate hasta que la oposición tenga la oportunidad de radicar su ponencia.