El tránsitoa la oralidad genera todo un cambio de paradigmas que van mucho más allá del simple cambio en la forma de realizar ciertos actos en el proceso. La oralidad supone una revolución copernicana, en la que el eje del proceso deja de ser el expediente para girar en torno del juez, como es deseable.
Así lo planteó este fin de semana, la Ministra de Justicia y del Derecho, Ruth Stella Correa, durante su intervención en el Décimo Quinto Encuentro de la Jurisdicción Ordinaria.
La alta funcionaria destacó el desafío que plantean las nuevas reformas en los procedimientos y los cambios en la administración de justicia. “Nos permitirán dar un gran salto, que no sólo se mantendrá en el buen curso de los procesos y la tan ansiada descongestión de los despachos judiciales, sino, más importante, en la contribución para que, desde los estrados, podamos construir un país más justo, más equitativo y en paz”, puntualizó.
Hizo énfasis en la responsabilidad que tienen los distintos sectores de la justicia en la realización de una justicia pronta, por lo que extendió la invitación “para que, en lugar de esperar escépticamente los resultados de la implementación de los códigos, trabajemos conjuntamente por sacarlos adelante y hacer del debido proceso una realidad efectiva, en lugar de una utopía”.
Los nuevos códigos han hecho un esfuerzo grande por restaurar al juez en toda su dignidad, como director y pieza fundamental en una justicia que cada vez debe ser más cercana, expedita y adecuada para resolver las necesidades del ciudadano. “En coherencia con ello, y con el ánimo de reivindicar el papel protagónico del juez, el Código General del Proceso ha puesto un especial énfasis en los deberes, poderes y responsabilidades de los jueces, según quedó plasmado en el artículo 42 y siguientes del dicho estatuto”.
Detalló que “la audiencia será el escenario principal desde donde actuará el juez frente a las partes, y en donde se tomarán la mayor parte de las decisiones trascendentes de proceso. En ella se fijará el litigio, se decretarán y practicarán las pruebas, se escucharán los alegatos de conclusión y se proferirá sentencia.” La Ministra precisó que en ese escenario el juez pondrá en práctica el principio de inmediación, entre en contacto directo con las partes y sus apoderados, los escuche sin la intermediación de largas cadenas de memoriales y autos, y conocerá de primera mano el material que le servirá de base para tomar una decisión sobre el litigio”.