Una contribución a la justicia, memoria y reconciliación nacional | El Nuevo Siglo
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Domingo, 9 de Agosto de 2020
Joaquín Polo Montalvo *

Un componente fundamental para el fortalecimiento de la ética pública. Nueva entrega de la alianza entre EL NUEVO SIGLO y la Procuraduría General

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Vivimos, distantes, confinados y angustiados por la pandemia del Covid-19, que nos sumerge en una crisis de lucha por la supervivencia, agudizada gravemente por las fracturas sociales.  En Colombia, además, vivimos un debate sobre el respeto a la vida y a la reparación integral y transformadora de las víctimas reconocidas en el marco legal del acuerdo de paz. Esto, a pesar de vivir en un Estado democrático y Social de Derecho que, ante la controversia sobre su capacidad para hacer cumplir la ley y los acuerdos, ve cuestionada su propia legitimidad. Un Estado que incumple es injusto frente a las víctimas sometidas al olvido y frente a todos los ciudadanos. Este desafío nos exige a todos, como Estado y sociedad, que avancemos en la defensa de la vida y de la justicia, como un ideal público común a todos, pieza fundamental en cualquier sociedad.

Esta situación hace urgente la labor de la PGN, ente de control y cabeza del Ministerio Público, encargada por lo tanto de la defensa de los derechos fundamentales de todos los colombianos. Para ello, entre muchas acciones, la entidad ha iniciado un proceso de modernización institucional a partir de ciertas herramientas tecnológicas que le permitan un trabajo innovador y eficaz en la búsqueda de estos propósitos.

El proceso de restitución de tierras, forma parte de la tarea principal de reconocer y compensar a las víctimas. La restitución de tierras es, por lo tanto, un paso necesario y fundamental en el proceso de reconciliación entre los colombianos. La administración de la justicia, la solidaridad de la sociedad civil y la voluntad del Estado conforman las columnas del puente que parte de las orillas del despojo y nos lleva a nuevos horizontes: el de una nación reconciliada; es el puente entre ese tiempo de dolor superado y el disfrute real de los derechos.

El proceso de restitución de tierras tiene dos momentos fundamentales que son objeto de seguimiento por parte del Ministerio Público, y especialmente de los procuradores judiciales en los territorios. En primer lugar, el inicio de la etapa administrativa que culmina con la inclusión de la solicitud o la negativa; y en segundo lugar, en la etapa posfallo, del cumplimiento de las órdenes judiciales proferidas en las sentencias de restitución.

Para cumplir con esta tarea la PGN ha construido un Modelo Analítico de Restitución de Tierras, que le permite el seguimiento, en tiempo real, a la totalidad de las solicitudes, sentencias y órdenes judiciales en las etapas administrativa, judicial y posfallo. Esto tanto para las solicitudes individuales como para las solicitudes étnicas. Incluyendo, además, en la etapa administrativa, el estudio de las decisiones negativas que resuelven las solicitudes de inclusión, y en la etapa de posfallo la participación de los procuradores judiciales desde los territorios. Modelo que es posible gracias a la información que ha trabajado por años la Unidad de Restitución de Tierras.

Avances

Dentro del proceso de restitución de tierras, desde el año 2012 hasta la fecha, en la ruta colectiva, se han proferido 18 Sentencias Étnicas que dispusieron 1.277 órdenes, de las cuales sólo hay cumplidas plenamente 27. En total, en la ruta individual, se han proferido 5.609 sentencias, que establecieron 235.544 órdenes, entre las cuales hay 98.469 órdenes con enfoque de género. Dentro del gran total, solo de las órdenes destinadas a la Unidad de Restitución el nivel de incumplimiento alcanza el 31%. Estos datos son elocuentes y nos permiten dimensionar el desafío vigente para el Estado en esta materia. Estas órdenes innumerables son el corazón de la restitución y solo en la medida en que se cumplan, es decir, solo a partir del momento en que realmente las víctimas empiecen a disfrutar el goce efectivo de sus derechos, de una vida digna en los territorios restituidos, solo en ese momento se podría afirmar que hemos cruzado el puente y hemos llegado a la orilla de la reconciliación. Si no recorremos el puente de la restitución, si nos quedamos en el tiempo de la victimización, nunca veremos el nuevo tiempo de los derechos y de la reconciliación duradera.

Todas estas órdenes van dirigidas a entidades del orden nacional y territorial de diversa índole, como las encargadas de cumplir con la realización y entrega oportuna de las condiciones que permitan que las víctimas realmente reciban la tierra que habían perdido o, en su lugar, la compensación que proceda según la decisión judicial ante la imposibilidad de recuperar los horizontes perdidos.

Memoria histórica

Una de las órdenes que se repite en las decisiones judiciales en materia de restitución de tierras es la dirigida al Centro Nacional de Memoria Histórica, para recuperar la memoria de lo sucedido. Por lo tanto, el proceso de restitución también interpela nuestra búsqueda de la verdad y de la memoria como Nación, aspecto en esta tarea, posiblemente, menos advertido, pero de una gran importancia que nos permite entender la naturaleza diversa de los aportes de la restitución a la paz y a la reconciliación entre los colombianos. Restituir la tierra a las víctimas de despojo es elemental justicia y es parte del acuerdo que conforma nuestro contrato social. Ahora bien, en tanto justicia también debe motivarnos a recorrer el camino de la memoria y de la verdad. La memoria es social, plural, recupera el pasado y alimenta y posibilita el presente y el futuro; es selectiva, asociativa, relacional, arbitraria, involuntaria y, por ello, también es identitaria, siempre nutrida de recuerdos y olvidos, siempre necesaria, siempre imperfecta. Luego, el aporte público del proceso de restitución de tierras a la recuperación de la memoria de las fauces del olvido, debe contribuir al esfuerzo de todos por la justicia y la reconciliación en nuestra nación. Este proceso, es un componente fundamental para el fortalecimiento de la ética pública.