Luces y sombras. El Barquero habló con Jorge Figueroa, el hijo del famoso “Tuerto Figueroa”, sobre lo que se vive, se ve y no se aprecia en el Canal 1 de televisión. Nos cuenta que la Autoridad Nacional de TV pagó 3.000 millones de pesos a la Universidad Nacional para que dé luces sobre la interpretación a la Ley de TV, que pretende prorrogar el Canal 1 y garantizarle al presidente Santos en época electoral el acompañamiento de sus amigos de los medios de comunicación.
Mercado persa. Fajas, brassieres, alargadores, más el proselitismo espiritual y todo eso mezclado con los amigos del Gobierno, en un canal convertido en una cadena de televentas, echamos de menos a Guillermo Nanneti Valencia y sus sesudos comentarios; a Ariel Armel (condecorado por el Congreso) con su inagotable Orden de la Democracia, acompañado del verbo iluminado del caldense Luis Gonzaga Serna, en su “Boletín del consumidor”; al propio opita Darío Silva y su inolvidable "Lambicolor" en compañía del tolimense don Jaime Soto y su “Cantaclaro”.
¿Dónde están, qué se hicieron? Estábamos acostumbrados a ver en la primera cadena figuras de la talla de Fernando González Pacheco, Gloria Valencia, Carlos Arturo Rueda, Julio Sánchez Vanegas, Saúl García, José Fernández Gómez, Alfonso Castellanos, Julio Nieto, Arturo Abella, Alejandro Michel Talento, Alfonso Lizarazo, José de Recasens y Hernán Castrillón.
Revocada infracción. Deben estar de plácemes los millones de conductores que circulan por el país con la tutela que tumbó una foto-multa en la capital antioqueña.
Un juzgado de Medellín revocó una infracción de tránsito elaborada a través de las cámaras de foto-multas. El administrador de justicia conceptuó que el Tránsito no puede suponer la culpabilidad del propietario del vehículo, pues la foto es apenas un indicio.
La pequeña historia. El exparlamentario Benjamín Higuita Rivera recibió una sanción por foto-multa con la explicación sobre el supuesto, según el cual, “habría incurrido en un exceso de velocidad el vehículo de su propiedad, transgrediendo una norma de tránsito”.
El ciudadano reclamó, pero en el Tránsito solo respondieron que no tenía ningún derecho, que para poder observarle el caso, debía cancelar el 50% del valor de la multa
El presunto infractor puso una tutela que ganó en segunda instancia y revoca la foto-multa. El juez le garantiza al ciudadano el debido proceso.
Una simple foto. Higuita afirma que con el proceso administrativo del Tránsito se le estaban violando los derechos constitucionales de presunción de inocencia y debido proceso.
Además, continúa Benjamín Higuita, en Colombia una simple foto no sirve para condenar a un ciudadano.
Según esto la Secretaría de Tránsito, además de la fotografía utilizada como un indicio, debe establecer todo un proceso administrativo que permita a un ciudadano común y corriente defenderse, decir y explicar el por qué pudo haber cometido la infracción y, una vez agotada esa etapa procesal, determinar si cabe en efecto la multa por una posible infracción.