Hay 11 jueces por cada 100 mil habitantes en el país | El Nuevo Siglo
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Domingo, 17 de Septiembre de 2017
Redacción Nacional
Contrario a lo que presentan los países miembros de la OCDE con altos promedios de cubrimiento, en el país este tipo de asistencia judicial es pobre. De allí se desprenden múltiples problemas que afronta el sector con la congestión y el hacinamiento en las cárceles.

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Uno de los graves problemas que enfrenta el país desde hace muchos años, es la congestión judicial. Muchos de los despachos que están repartidos por la geografía nacional deben concentrarse en resolver las solicitudes de los despachos inferiores, causando un retraso en los procesos y por consiguiente demoras en la atención de la justicia.

Colombia tiene por cada 100.000 habitantes un promedio de 10.95 jueces. El estándar internacional, determinado por OCDE, es de 65 jueces por cada 100.000 habitantes, lo que deja al país lejos de ese promedio. 

La Constitución Política de 1991 consagró en su preámbulo y los Artículos 228 y 229 el acceso a la administración de justicia como un derecho fundamental, buscando promover la solución pacífica de conflictos entre los ciudadanos de la República. 

Para desarrollar tan importante función, se dispuso la creación de diferentes entidades que tenían el deber de implementar la correcta administración de la Rama Judicial, así como promover y asesorar al Congreso y al Gobierno en las reformas necesarias para cumplir las expectativas de justicia de los colombianos. 

Entre dichas entidades se encuentra el Consejo Superior de la Judicatura, el cual tiene como función todo lo relacionado con la administración de la Rama Judicial. Esto implica, entre muchas cosas, determinar el número de jueces que tendrá el territorio nacional de acuerdo al número de habitantes, la extensión del mismo y el presupuesto con el que se cuente para el año fiscal. 

División del sistema

El sistema judicial colombiano se divide en: 

-Jueces promiscuos municipales, encargados de resolver las controversias de índole (penal, civil, familia y laboral). Se encuentran generalmente en lugares con una población pequeña. No tienen competencia en temas relacionados con lo Contencioso Administrativo. Actualmente el país cuenta con 1.206 juzgados promiscuos municipales. 

-Jueces municipales especializados. Resuelven controversias del ámbito penal y civil individualmente, a partir de criterios como la cuantía o la gravedad del delito. Su competencia la asigna la ley. En materia penal existen los encargados del control de garantías, legalizando las capturas y la imposición de medidas de seguridad y de aseguramiento y, los de ejecución de penas, encargados de velar por las penas y redenciones. 

Colombia cuenta con 416 juzgados municipales de control de garantías, 251 juzgados penales de conocimiento, 151 juzgados de ejecución de penas y 668 juzgados civiles municipales con diferente competencia. 

-Jueces promiscuos y especializados del circuito. Se encargan de dirimir los conflictos en los ámbitos civiles, penales, familia, laborales y administrativos individualmente. Tienen competencia sobre varios municipios a lo cual se le llama circuito y resuelven las apelaciones de las providencias de los jueces municipales según su especialidad. También tienen competencia sobre asignaciones que les da la Ley y pueden especializarse en materia de restitución de tierras o en derecho penal para adolescentes. 

El país cuenta con 522 juzgados penales del circuito con funciones de conocimiento, 405 civiles, 337 de familia, 97 promiscuos del circuito, 280 laborales y 342 de carácter administrativo. 

-Tribunales Superiores de Distrito Judicial y Tribunales Administrativos. Tienen competencia sobre varios circuitos judiciales. Resuelven generalmente asuntos en impugnación desde juzgados de circuito o municipales según el caso y, a sus miembros se les llaman magistrados. 

Hay en Colombia un total de 456 magistrados de la jurisdicción ordinaria y 176 de la administrativa. 

-Altas cortes: conformadas por la Corte Suprema de Justicia compuesta por 23 magistrados; la Corte Constitucional con 9 magistrados; el Consejo Superior de la Judicatura con 13 magistrados y el Consejo de Estado con 31 magistrados. Todos ellos son los órganos de cierre de cada jurisdicción. Se encargan de generar precedentes y resolver recursos extraordinarios en sus materias específicas. 

Es de resaltar que en materia constitucional todos los jueces de la República desarrollan esta función al resolver las acciones de tutela. 

Los despachos del país 

Según datos del Consejo Superior de la Judicatura, en Colombia hay un total de 5.295 despachos judiciales de diferentes especialidades y de diferentes rangos. Este número suena pequeño teniendo en cuenta que el país cuenta con 49.381.250 habitantes en agosto de 2017. 

Por cada 100.000 habitantes hay en promedio 10.95 jueces, algo que para muchos representa una de las razones fundamentales para la congestión judicial que afecta a los despachos nacionales. Se debe tener en cuenta que el estándar internacional, determinado por varias organizaciones como la Organización de Estados para la Cooperación y el Desarrollo, OCDE, es de aproximadamente 65 jueces por cada 100.000 habitantes, lo cual incumple el Estado colombiano. 

Sin embargo existen otros factores para determinar el porqué de la congestión.  Según expertos como la profesora María del Socorro Rueda, profesora de Derecho Procesal Civil de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, el número de despachos no es la razón esencial de la problemática. 

En varios de sus estudios determinó que uno de los factores fundamentales es el tema procesal, que por ejemplo en materia civil apenas cuenta con aproximadamente 29 posibilidades de interponer recursos ante el superior jerárquico del despacho en cada etapa de la actuación. 

Lo anterior implica que muchos de los despachos deben concentrarse en resolver las solicitudes de los despachos inferiores, junto con la carga ordinaria que se encuentra en su competencia. “Debe haber una reforma integral al tema procesal para reducir las cargas y posibilidades de apelación, de lo contrario no se podrá combatir a la congestión judicial en Colombia”, sostuvo la autora del estudio.

 

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