Una fuerte disputa se viene presentando en Atlántico por una curul que por ese departamento logró Cambio Radical en la Cámara.
El excongresista Tarquino Pacheco viene reclamando la curul del exrepresentante Jaime Cervantes, quien fue sancionado por el Consejo de Estado por hechos de corrupción y hace 15 días aceptó ante la Corte Suprema cargos por el delito de concierto para delinquir en relación con sus nexos con el jefe paramilitar Édgar Ignacio Fierro, alias Don Antonio, quien lo señaló de haber recibido apoyo del Bloque Central de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc).
Los abogados de Pacheco han considerado que la sanción que se debe aplicar es la del Consejo y no la que le dictará la Corte, por lo que, en su opinión, no aplicaría la silla vacía y su apoderado podría acceder a la curul.
Ante la petición de Pacheco, el presidente de la Cámara, Augusto Posada, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), solicitó un concepto. La respuesta es que debe aplicarse la silla vacía, por ser la más fuerte.
La historia política en los últimos años de Cervantes ha estado marcada por algunos escándalos que lo han puesto en el ojo del huracán. No solamente por sus relaciones con el paramilitarismo, sino también por irregularidades en contrataciones en el Atlántico.
Precisamente por estas anomalías, en octubre de 2012, el alto Consejo le quitó la investidura como congresista y lo inhabilitó de por vida para ejercer cargos públicos.
En ese momento, Pacheco renunció al consulado en Aruba para asumir la curul dejada por Cervantes. Sin embargo, semanas después la Corte ordenó la captura del desinvestido por sus relaciones con grupos paramilitares.
Y es por eso que los abogados de Pacheco expresan que la Cámara debe aplicar solamente la destitución del Consejo.
Ahora el exrepresentante Cervantes deberá responder ante la justicia por sus señaladas relaciones con paramilitares del Bloque Norte del extraditado Rodrigo Tovar, alias Jorge 40.
Lo que se sabe es que varios desmovilizados de los frentes José Pablo Diaz y Tayrona del Bloque Norte han señalado en sus declaraciones ante la justicia que Cervantes se alió con ellos para beneficiarse políticamente a cambio de entregarles dineros del presupuesto público a través del sistema de contratación.
Cervantes fue elegido como representante para el periodo del 2010 – 2014, pero debido al fallo del Consejo no pudo completar el periodo.
En cuanto a la decisión de quitarle la investidura a Cervantes, según el alto Consejo el congresista violó el régimen de inhabilidades y el de conflicto de interés al no declararse impedido para discutir la aprobación de dos leyes relacionadas con educación en los que tenía intereses personales.
El fallo dice que “Cervantes participó activamente en los debates que se dieron al proyecto de Ley 118 de 2007 (...), que definió la asignación de los recursos que se invertirán en el año fiscal siguiente (...), entre otros, en educación, programas de inversión social, salud, vivienda, obras de infraestructura y servicios públicos”.
Según el fallo del Consejo, estas partidas presupuestales terminaron siendo controladas para beneficio individual, familiar y de personas del círculo político del congresista
El alto tribunal señala que el material probatorio logró demostrar que se firmaron contratos por más de 10.000 millones de pesos con entidades privadas de Soledad, Atlántico, en las que tenían supuestamente participación una hermana, sobrinos, los hijos, la ex esposa, una cuñada y hasta miembros de la unidad de trabajo legislativo (UTL) del representante Cervantes.
Según lo que estableció el Consejo, los contratos se habrían celebrado en enero de 2010, previo a las elecciones parlamentarias de marzo, para la prestación del servicio educativo, lo cual le sirvió al demandado para obtener su reelección mediante el sistema de otorgamiento de cupos y becas estudiantiles, es decir, que fundó su campaña política y su elección con recursos del Estado.
“Como no se declaró impedido, debiendo hacerlo, dada la incidencia directa que el tema del servicio educativo tiene en su vida familiar, su conducta encuadra dentro de los supuestos fácticos que configuran la violación del régimen de conflicto de intereses y, por ende, la causa de la pérdida de investidura alegada”, según la sentencia.