El proyecto de ley sobre el Plan de Desarrollo ha puesto sobre la mesa una interesante discusión: ¿Debe haber en Colombia una autoridad presupuestal única (el Ministerio de Hacienda), o debe continuarse con la distribución actual, según la cual todo lo atinente a inversión lo prepara el Departamento Nacional de Planeación y el resto de asuntos como gastos de funcionamiento y servicio de la deuda es responsabilidad de Hacienda?
Hay que comenzar por decir que entre nosotros tenemos un sistema peculiar, es decir, dos autoridades encargadas de preparar áreas diferentes del presupuesto nacional. En la mayoría de los países no sucede así. Todo lo atinente a la programación presupuestal está centralizado en una sola entidad.
Pero dicho lo anterior es necesario agregar que no es en los Ministerios de Hacienda donde usualmente se centraliza la programación presupuestal. Por ejemplo, en Estados Unidos existe la oficina del presupuesto (distinta del tesoro que sería el equivalente al Ministerio de Hacienda, y adscrita a la Casa Blanca) donde se centraliza todo lo presupuestal. En otros países existen Ministerios especializados diferentes del de Hacienda, como es el caso de Francia y de Inglaterra, donde se unifica el manejo presupuestal. De manera que lo primero que habría que decir es que si resolviéramos eliminar la bifurcación que actualmente existe, ello no significaría necesariamente que haya que centralizar todo en Hacienda.
Es conveniente recordar también que si bien actualmente Planeación prepara el componente de inversión de presupuesto nacional, y Hacienda lo referente a gastos de funcionamiento y a servicio de la deuda, es el Conpes, con la presencia del Presidente de la República y los demás Ministros el que en una reunión anual refunde lo que han preparado Planeación y Hacienda, unifica los tres componentes del presupuesto y establece los balances macroeconómicos del presupuesto nacional, de tal manera que éste llega unificado en un solo documento a consideración de las cámaras en los primeros 10 días de cada legislatura como ordena la Constitución.
Personalmente pienso que este es un debate en cierta manera superfluo. Y que no se ganaría gran cosa, o mejor nada, quitándole a Planeación la preparación del gasto de inversión. En primer lugar, porque el Ministerio de Hacienda no cuenta con el aparataje técnico ni con la tradición en cuanto a la evaluación de proyectos de inversión que sí tiene Planeación Nacional. Y en segundo lugar, porque dejarle al Ministerio de Hacienda la definición de cuales proyectos de inversión van en el presupuesto y cuales no es el equivalente a abrir una peligrosa compuerta de clientelismo. Recuérdese que fue precisamente en los pasillos del Ministerio de Hacienda donde en los últimos años se gestó el repudiable sistema de los cupos indicativos.
Si de mejorar la calidad de la inversión pública es de lo que se trata, habría que comenzar por denunciar en voz alta, cosa que aún no ha hecho el gobierno, el esperpento de la reforma política que sigue andando en el Congreso por virtud de la cual se le entrega a los congresistas la facultad de disponer del 20% de la inversión pública. Una supermermelada, iniciativa sobre la cual el gobierno hasta la fecha ha pasado de agache.
Se aduce también que la unificación de la autoridad presupuestal facilitaría avanzar hacia la práctica de la presupuestación por programas. Pero para lograr este loable propósito no se necesita desplumar a Planeación Nacional de su función actual de preparar el presupuesto de inversión. Sino mas bien que ella cumpla con ahínco la tarea que le encomienda la Constitución Nacional de ser la evaluadora permanente de la calidad del gasto público.
En síntesis: bastantes problemas tenemos en Colombia como para que ahora le agreguemos la puja entre Hacienda y Planeación a ver quién se queda, o quien conserva, la función de preparar el componente de inversión del presupuesto nacional.