Claridad en despidos en la Policía | El Nuevo Siglo
Sábado, 10 de Agosto de 2013

La Corte Constitucional llamó la atención de la Policía Nacional frente a la claridad que debe haber en los motivos por desvinculación de los integrantes de la institución.

La observación se dio a raíz de la desvinculación del coronel José Javier Toro Díaz bajo la figura del ‘llamamiento a calificar servicios’, la cual vulneró los derechos del oficial, según el alto tribunal.

“La Corte confirmó que, como lo sostuvo el Tribunal Administrativo en el proceso contencioso, no se tuvo en cuenta que en realidad el retiro se configuró por “voluntad del Gobierno”, toda vez que existían elementos de juicio que permitían inferir que en contra del uniformado se hicieron acusaciones por parte del Director General de la Policía de la época, las cuales no fueron puestas en conocimiento del uniformado, cercenándole de esta manera el derecho de contradicción,  de defensa y en general el debido proceso”, dice el Tribunal.

Consideró la Corte que “siempre que existan motivos fundados para desvincular a un integrante de la institución se debe motivar el acto administrativo. Contrario sensu, cuando el policial sea desvinculado por el simple llamamiento  a calificar servicios, bastará con el visto bueno de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa o del Director General de la Policía según el caso, siempre y cuando los candidatos a retirar cumplan con los requisitos legales para adquirir su asignación de retiro”.

 En conclusión, “se advirtió a la Policía Nacional que por ningún motivo se puede despedir a un miembro de su institución bajo una figura jurídica que lo que en realidad pretende es  encubrir un despido arbitrario”.

Igualmente ordenó “la compensación entre los pagos que se realizaron a favor del oficial por parte de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, con aquellos haberes que se le pagaran con ocasión del reintegro”.