JEP no puede revisar condena de Márquez | El Nuevo Siglo
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Martes, 20 de Noviembre de 2018
Redacción Web
Así lo señala la Corte Suprema de Justicia al insistir en que la labor de ese tribunal es verificar si es posible que el exdirector del DAS tenga algún beneficio allí

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El expediente del general (r) Miguel Alfredo Maza Márquez, condenado por el magnicidio de Luis Carlos Galán Sarmiento, fue remitido por la Corte Suprema de Justicia a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). 

Sin embargo, el Alto Tribunal insistió en que la JEP no será la encargada de revisar la condena de Márquez, pues esa competencia es única y exclusivamente de la Corte, según señala un documento.

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De acuerdo con el documento del alto tribunal, no existen impedimentos para la remisión de dicho expediente para que la JEP inicie el estudio si reúne los requisitos para revisar sus actuaciones en el marco del acuerdo final de paz.

“Y bien, en este evento, el proceso ya terminó, ello no impide que por parte de la JEP se examine si es posible que el condenado acceda a algún tipo de beneficio del Acuerdo Final de Paz, diferente a la revisión de la sentencia, por ser de competencia exclusiva de esta corporación”, señala el documento.

El general Maza Máquez había solicitado a la JEP acogerse a ese tribunal al considerar que sus acciones guardan nexos con el conflicto armado.

“Se observa que el expediente tramitado por el general Maza Márquez, culminó con la imposición de condena de 30 años de prisión como coautor de los delitos de homicidio con fines terroristas y concierto para delinquir, por tanto la posibilidad de que la solicitud esté encaminada a dilatar o suspender el trámite de la investigación es inexistente”, agrega la Corte Suprema.

Este es el documento completo: