Solicitud de preclusión del caso Uribe ¿La segunda es la vencida? | El Nuevo Siglo
EL EXPRESIDENTE Álvaro Uribe ha insistido en que no incurrió en delito alguno
Foto archivo EL NUEVO SIGLO
Jueves, 8 de Abril de 2021
Redacción Política

Un segundo round, que todo apunta a que no será el definitivo, se llevará a cabo este viernes en el juzgado 28 de Conocimiento de Bogotá alrededor del proceso penal que le sigue la Fiscalía al expresidente Álvaro Uribe por incurrir presuntamente en los delitos de soborno a testigo en actuación penal y fraude procesal.

Como se sabe, la titular del despacho, Carmen Helena Ortiz, debe decidir sobre la solicitud que el pasado 5 de marzo radicó ante el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá el coordinador de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Gabriel Ramón Jaimes Durán, solicitando la preclusión de la investigación que se sigue contra el exsenador y jefe natural del Centro Democrático.

La causa fue abierta en julio de 2018 por la Sala de Instrucción de la Corte. En octubre de 2019 rindió indagatoria y en agosto del año pasado esa instancia le dictó medida de aseguramiento de detención preventiva al exmandatario.

Según el alto tribunal, los delitos sindicados a Uribe fueron posteriores al 16 de febrero de 2018, fecha en que la Sala de Casación Penal compulsó copias contra el aforado, al archivar una denuncia formulada por él contra el senador del Polo, Iván Cepeda, acusándolo de estar manipulando testigos en las cárceles para que lo vincularan con el paramilitarismo.

La Sala de Instrucción señaló que “después de emitido este archivo, al parecer, con la aprobación del senador, personas allegadas a él habrían emprendido probables actos de manipulación de testigos”.

Al sustentar la privación de la libertad del expresidente, la Sala dijo tener pruebas testimoniales, inspecciones judiciales, registros fílmicos, grabaciones e interceptaciones telefónicas, “que al parecer indican su presunta participación como determinador de los delitos de soborno a testigo en actuación penal y fraude procesal”. También señaló que las conductas imputadas al entonces senador Uribe Vélez fueron presuntamente cometidas cuando se desempeñaba como congresista.

Sin embargo, tras la medida de aseguramiento, Uribe Vélez renunció a su curul en el Senado y de inmediato pidió a la Corte Suprema que el proceso pasara a la Fiscalía por cuanto ya no tenía fuero parlamentario. Tras un intenso análisis en el máximo tribunal, el 1 de septiembre el expediente fue enviado al ente acusador, en donde el caso le correspondió a Jaimes, quien ordenó la práctica de más pruebas, citación de testigos e hizo una nueva valoración del expediente en general, con el fin de determinar la situación jurídica del exmandatario, quien recobró la libertad en octubre 10, por orden de la Juez 30 de Control de Garantías.


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Precisamente Jaimes, el pasado 5 de marzo, al pedir la preclusión del caso, indicó que luego de la valoración integral de los elementos materiales probatorios, la evidencia física y la información legalmente obtenida durante el curso del proceso, se estableció que “varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito, y otras que sí lo son, no se le pueden atribuir como autor o partícipe”.

La audiencia

Jaimes pidió, en consecuencia, una audiencia ante un Juez Penal de Circuito para sustentar, al tenor del artículo 332 del Código de Procedimiento Penal, la solicitud de archivo. El caso le correspondió a la juez Ortiz, pero el martes pasado, cuando se esperaba que empezaran a hablar el fiscal, el delegado de la Procuraduría así como los apoderados de quienes han sido reconocidos como víctimas dentro del proceso (el senador Cepeda, el exfiscal general Eduardo Montealegre y el ex vicefiscal Jorge Perdomo), la diligencia se trabó de nuevo.

¿La razón? Deyanira Gómez, exesposa de Juan Guillermo Monsalve, condenado por paramilitarismo y principal testigo de cargo contra Uribe, así como el periodista Gonzalo Guillén pidieron ser reconocidos también como víctimas en el proceso. La primera alega que ha recibido amenazas y ha sido blanco de otras persecuciones, y el segundo que su nombre aparece muchas veces mencionado en el expediente.

Mientras que el abogado de Cepeda es partidario de que se les reconozca como tales, el fiscal Jaimes, el delegado de la Procuraduría y el apoderado de Uribe, Jaime Granados, se oponen.

La Fiscalía y el Ministerio Público sostienen que estas denuncias podrán hacer parte de un nuevo expediente o ser analizadas en procesos distintos, pero no tienen una relación directa con esta causa penal. Granados, a su turno, advirtió el riesgo de que se dilate o torpedee la solicitud de preclusión.

Aquí hay un debate entre varios penalistas. Algunos consideran que si se admiten nuevas víctimas es imposible archivar el proceso, porque se les estaría afectando su derecho a que sus alegatos sean valorados y calificados por la Fiscalía, pero otros advierten que la solicitud de Jaimes se hizo sobre “un expediente ya analizado” y la petición de archivo se basa en la conclusión de este. En ese orden de ideas, aducen que si hay nuevas pruebas o denuncias contra Uribe, estas deben ser objeto de una nueva indagación preliminar que arranque de cero.


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Pulso de fondo

Más allá de este debate, lo cierto es que lo primero que debe hacer hoy la Juez Ortiz es definir si se acepta a Gómez y Guillén como víctimas. Como en esta instancia no se puede solicitar ni hacer práctica de pruebas, entonces el siguiente paso es darle la palabra a Jaimes para que sustente la solicitud de archivo del proceso.

Se concederá el uso de la palabra al fiscal para que exponga su solicitud con indicación de los elementos materiales probatorios y evidencia física que sustentaron la imputación, y fundamentación de la causal incoada”, señala el artículo 333 del Código de Procedimiento.

En su momento, y ante el debate político y jurídico que se formó por la decisión de Jaimes, la propia Fiscalía pidió a la ciudadanía “seguir la audiencia de preclusión en la fecha que disponga la Judicatura y conocer con detalle los argumentos de la decisión, para formar un criterio propio sobre un caso que debe resolverse en sede judicial, alejado de opiniones, disputas personales e intereses políticos”.

Tras ello, la Juez conferirá el uso de la palabra a las víctimas, al agente del Ministerio Público y al defensor del imputado, en el evento en que quisieren oponerse a la petición del fiscal.

Desde ya se sabe que el abogado de Cepeda así como Montealegre y Perdomo expondrán las razones jurídicas por las cuales consideran que el proceso no se debe archivar. De hecho, en la antesala de esta audiencia varios de ellos han criticado fuertemente la solicitud de la Fiscalía y anunciado denuncias contra Jaimes.

Todavía no se conoce el sentido de la postura de la Procuraduría, en tanto que Granados intervendrá para reforzar la solicitud de preclusión.

Cuando ya todas las partes hayan hablado, la Juez puede decretar un receso o citar para otro día, con el fin de analizar los argumentos expuestos y tomar una decisión.


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Según el Código de Procedimiento Penal, si la Juez acepta la solicitud de preclusión cesará “con efectos de cosa juzgada” la persecución penal en contra del imputado. Igualmente, se revocarán todas las medidas cautelares que se le hayan impuesto.

Si, por el contrario, se rechaza la preclusión, las diligencias volverán a la Fiscalía, restituyéndose el término que duró este trámite y debe procederse a la calificación de nuevo del expediente. Queda claro, también, que el juez que conozca de la preclusión quedará impedido para conocer del juicio.

De todas maneras, resulta obvio que sea cual sea la decisión de la Juez 28, habrá apelación de la parte o las partes inconformes ante el Tribunal Superior de Bogotá, en donde la decisión tardará varios meses.

Como se ve, el de hoy es apenas un round jurídico más en el largo pleito que comenzó con la denuncia de Uribe contra Cepeda en 2012 y luego se revirtió en 2018 contra el exmandatario. Un pleito que lleva nueve años sin resolución definitiva.