Ayer finalizó el plazo que tenía la Corte Constitucional para definir la demanda que radicó el senador Jorge Robledo sobre la exequibilidad de la Ley que creó las Zidres (Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social). Sin embargo la ponencia que presentó el magistrado Luis Ernesto Vargas, solicitando tumbar varios artículos de la norma, no logró consenso generándose un empate a cuatro votos. Ahora será un conjuez el que defina la suerte de esta iniciativa gubernamental.
Cuatro magistrados votaron a favor de la exequibilidad de la norma, aunque con algunos acondicionamientos, en tanto que los otros cuatro togados votaron por el hundimiento en su totalidad de esta ley con la cual la administración Santos se propone desarrollar, con el concurso del sector privado para acompañar a los campesinos, los baldíos de la nación en regiones alejadas y de difícil acceso.
Como consecuencia fue designado el jurista Germán Quintero como el conjuez que tendrá que dirimir este empate, vicerrector de la Universidad Sergio Arboleda, quien participará la semana entrante en una nueva votación que adelantará el alto Tribunal.
Uno de los artículos de esta Ley que en la ponencia el magistrado Vargas consideró que es inconstitucional es el que modifica las reglas de la Unidad Agrícola Familiar (UAF), pues quienes han acumulado baldíos que superan esta Unidad pueden conservarlos y adelantar proyectos productivos.
La ponencia del magistrado Vargas de igual forma restringe las Zidres no sólo en los resguardos indígenas, y zonas de reserva campesina, sino también en los territorios colectivos indígenas que estén en proceso de titulación.
El senador Robledo y los demás accionantes indican en la demanda que con la Ley de Zidres se vulneran el principio de cosa juzgada constitucional porque se reproduce el contenido de artículos de la Ley 1450 de 2011, que fueron declarados inexequibles por la Corte Constitucional.
En este sentido se hace referencia, entre otros, a la prohibición de adelantarse proyectos productivos dentro de estas zonas a las personas que ostenten propiedad sobre bienes inmuebles adjudicados como baldíos después de la expedición de la Ley 160 de 1994; a la habilitación al Ministerio de Agricultura para orientar y focalizar los estímulos e instrumentos de política a los proyectos productivos que suscriban en las Zidres.
Polémica
El proyecto de ley de las Zidres impulsado por el Gobierno nacional fue aprobado en el Congreso de la República en medio de las críticas del Polo Democrático y otros partidos minoritarios, así como organizaciones campesinas y sociales porque, indicaron, de esta forma se estaría entregando a los grandes productores del campo los baldíos, que por Constitución están reservados a campesinos sin tierras.
Sin embargo, el Gobierno argumenta que la intención de esta ley es desarrollar cerca de 7 millones de hectáreas en zonas apartadas de centros urbanos, en donde la tierra requiera grandes inversiones para empezar a producir, sin infraestructura y vías de acceso, que por lo tanto no serían viables a los campesinos acceder a ellas sin contar con el respaldo de los grandes productores.
“Esta es la ley más audaz de nuestra historia para garantizar el desarrollo del campo. Iniciamos el camino para convertirnos en la despensa de alimentos del mundo”, dijo el jefe de Estado el pasado 29 de enero, al momento de sancionar la Ley 1776 de 2016.
Los proyectos productivos aprobados en las Zidres gozarán de una política de incentivos y estímulos, siempre y cuando vinculen como asociados al pequeño o mediano productor sin tierra. Asimismo facilitarán que los campesinos y trabajadores involucrados en su desarrollo adquieran sus propias tierras.