Sin concretar proyecto en reserva Van der Hammen | El Nuevo Siglo
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Sábado, 24 de Septiembre de 2016
Redacción Nacional

EL NUEVO SIGLO: ¿Bogotá ya presentó la petición a la CAR para poder modificar el área y el uso del suelo en la reserva Thomas Van der Hammen?

CAMILO FERRER: Como lo hemos dicho en la última semana,  el IDU presentó una solicitud a la Corporación, pero de términos de referencia. Básicamente lo que estaban preguntando era si la normatividad que ellos pensaban que estaba vigente, que es la Resolución 1526 de 2012 para sustracción de reservas expedida por el Ministerio, todavía estaba vigente. Eso fue digamos que la solicitud que radicaron en la entidad, que lo hicieron el 11 de agosto y nos dicen que lo están solicitando porque tienen una idea a futuro de realizar   unas vías que tocarían la reserva forestal del norte Van der Hammen. Entonces la respuesta de nosotros fue que sí, que efectivamente esta resolución del Ministerio todavía estaba vigente en cuanto a términos de referencia que los incluye en el anexo para solicitar las sustracciones en áreas de reserva forestal, pero solicitud como tal de sustracción todavía, o no sé si lo harán porque es un tema que podría contestar el Distrito si efectivamente tienen la intención de hacerlo o cuándo lo van a hacer.

ENS: ¿Es decir que no hay nada concreto?

CF: Simplemente resumiendo ellos nos dijeron “¿cuál es la normatividad de términos de referencia para hacer sustracción de reservas?”, entonces nosotros les contestamos que en este momento la Resolución 1526 de 2012 del Ministerio es la que trae, entre otra información que se necesitaría es la que trae los términos de referencia para toda la información técnica que tendrían que presentar y pues lo que pasa es que nosotros no tenemos nada. Aquí no hay todavía una solicitud radicada de sustracción para la reserva Van der Hammen, ese es un tema donde ellos pidieron unos términos de referencia y uno pensaría que es para empezarles a trabajar, pero de todos modos no necesariamente que los hayan pedido quiere decir que la vayan a presentar, entonces yo creo que el tema sería preguntarles a ellos si la van a presentar y cuándo, porque aquí en la Corporación no hay solicitud de sustracción radicada en este momento.

ENS: ¿Qué elementos se deben tener en cuenta para reformar el uso del suelo?

CF: Son varios elementos, primero tienen que diligenciar todos los elementos técnicos que solicita o que están estipulados dentro de la resolución 1526 de 2012 y tienen que presentar toda esa información porque la normatividad en general lo que dice es que para sustraer las áreas de reserva forestal para determinados proyectos, obedecen a un interés público y a bienes de interés general, pero en la información técnica les pueden pedir, cuáles son las características de los proyectos, si se requiere por ejemplo cambiar las categorías del suelo porque a veces agrológicamente la categoría no les permite hacer las actividades, una información jurídica, en las reservas ellos deben compensar con una misma área de la cual eventualmente se va a sustraer, se les piden unas compensaciones ambientales, etcétera.

 Lo que pasa es que en el tema de la reserva Van der Hammen hay unos elementos adicionales y es que la reserva Van der Hammen  no se constituyó como se constituyen todas las reservas y es que se identifica un área de especial importancia ecológica, sino que la reserva se constituyó como resultado de un proceso donde no se concertó el POT del año 99, entonces eso pasó a manos del Ministerio porque por función legal cuando no hay esa concertación entre la autoridad ambiental y el Distrito, se va al Ministerio, el Ministerio conformó una comisión de expertos y la comisión de expertos sacó unas resoluciones donde prácticamente ordenó constituir la reserva, eso ya se fue a la vía legal, al Consejo de Estado y el CE dijo que ellos la tenían que constituir, entonces digamos que la reserva Van der Hammen tiene unas particularidades distintas a cualquier otra reserva en cuanto a la génesis, en cuanto a su formación.

ENS: ¿Es cierto lo que dice el alcalde Peñalosa?, ¿que son potreros?

CF: Nosotros estamos en una posición complicada porque no podemos emitir opiniones sobre ello y no me refiero a los directivos de la entidad  sino que es el Consejo Directivo realmente al que le compete decidir si levanta o no la sustracción, pero cuando constituyes una reserva forestal es porque adicionalmente hay unos estudios técnicos que han demostrado la naturaleza o el potencial ambiental de la zona, tanto forestal o que es un área de conectividad para la estructura ecológica principal o que tiene un potencial hídrico en el subsuelo, etc.