El sector de la salud, que hoy está a la espera que la Corte Constitucional avale la Ley Estatutaria y que el Congreso decida reiniciar el debate a la reforma de fondo, se encuentra en una situación gris.
Por un lado registra grandes avances en coberturas llegando a casi el 96 por ciento de la población, pero por otro lado los usuarios están sometidos a la falta de calidad en los servicios.
De acuerdo con un reciente estudio del centro Proesa de la Universidad Icesi por Ramiro Guerrero, Sergio Prada y Dov Chernichovsky (2013)1 -el cual fue financiado por el Fondo de Investigación Germán Botero de los Ríos, de Fedesarrollo- pone de presente una de las principales problemáticas del sistema de salud: su doble descentralización.
Indica el estudio que tras la implementación de la Ley 100 en 1993, los indicadores de aseguramiento en salud en Colombia han aumentado desde un 23,5% de la población hasta conquistar importantes tasas de cobertura.
Mortalidad
En este mismo periodo, de acuerdo a cifras del Banco Mundial, también se destaca una importante reducción de más de un 40% en el número de muertes infantiles y maternas, de la mano de un aumento de 17 puntos porcentuales en el acceso a los cuidados prenatales y una mejora significativa en los índices de vacunación para los menores de dos años.
Lo anterior se ampara en un presupuesto de salud pública que, aunque recurrentemente calificado de escaso, es uno de los más altos dentro de los países de la región. Sin embargo, estos grandes avances en el bienestar de la población parecen no verse reflejados en la percepción de los ciudadanos sobre la calidad del servicio a nivel regional, lo que revela la existencia de otro tipo de problemas en el sistema.
El modelo
En efecto, el modelo de salud vigente actualmente en Colombia divide responsabilidades de dos maneras: i) según las jurisdicciones territoriales, y ii) de acuerdo a la función de administración de riesgo o prestación del servicio que lleven a cabo las empresas vinculadas al sistema.
En la primera división de responsabilidades -la descentralización territorial-, el gobierno nacional, los departamentos y municipios se distribuyen las funciones de regulación, administración y de atención en el sistema.
En la segunda- la descentralización corporativa-, las Empresas Promotoras de Salud (EPS) y las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) se distribuyen las labores según sean administrativas o de atención a usuarios asistenciales, respectivamente. Este esquema de “doble descentralización” ha sido causa de tensiones entre los actores, lo que ha derivado en consecuencias negativas sobre los indicadores de calidad y ejecución.
Las tres dimensiones
La evaluación de este diseño en el trabajo de Proesa se hace sobre tres dimensiones. La primera, denominada espacio de decisión, corresponde a la claridad en la asignación de las funciones y a la autoridad que tienen las instituciones descentralizadas para cumplirlas.
La segunda dimensión es la capacidad institucional, definida por las habilidades administrativas, técnicas, financieras y humanas que tienen los entes territoriales y las EPS para cumplir eficientemente sus funciones. La tercera tiene que ver con la rendición de cuentas, que se relaciona con informar los resultados obtenidos y justificar la ejecución de los recursos.
Duplicidad de funciones
Un primer diagnóstico sobre el espacio de decisión en el actual sistema de salud revela que existe duplicidad en las funciones, problemas de agencia y de coordinación. Por un lado, la duplicidad de funciones entre la Superintendencia de Salud y los entes territoriales es indiscutible, ya que ambas entidades están encargadas por ley de regular y hacer cumplir los estándares mínimos de calidad del servicio.
Sin embargo, en la práctica ninguna de las dos puede llevar a feliz término su labor, dado que los entes territoriales no están dotados legalmente de un poder de coerción contra las EPS, mientras que la Supersalud -que sí tiene mecanismos de sanción- carece de información acerca del desempeño de las EPS a nivel municipal.
De otra parte, hay un problema de agencia en el nexo entre los entes territoriales y las EPS, pues muchos alcaldes toman la decisión de no denunciar, ya que las EPS son los principales clientes de los hospitales bajo su tutela.
Competencia
La administración de los hospitales públicos muestra, en la práctica, problemas de coordinación, pues ante las exigencias de sostenibilidad financiera, se ha recrudecido la competencia por la prestación de servicios de baja y mediana complejidad, generando excesos de oferta en estos renglones.
En adición, no todos los hospitales de atención primaria quedaron en manos de los municipios, quedando algunos bajo la tutela de los departamentos, por lo que las campañas de prevención y promoción no están necesariamente armonizadas con las necesidades locales o se encuentran sujetas al devenir político de los entes territoriales.
En segundo lugar, respecto a la capacidad institucional se han encontrado problemas relacionados con la falta de capital humano y el acceso y la sostenibilidad en la prestación de los servicios.
La escasez de personal especializado, tanto en las áreas administrativas como en las operativas, es un hecho recurrente en distintos municipios, fenómeno que se exacerba por la alta rotación de estos cargos, muchas veces por razones políticas.
Además, en el país se observa un problema de acceso, ya que en municipios con un bajo número de personas, la distancia con respecto al centro de salud es alta. Finalmente, la sostenibilidad financiera de las EPS demanda una masa crítica de clientes que justifiquen la inversión en unidades de atención propias, por lo que en los municipios pequeños la prestación del servicio contratada con las IPS locales se encuentra en permanente riesgo.
Las cuentas
En tercera instancia, el eje de rendición de cuentas se puede evaluar en las siguientes cinco categorías: i) la eficiente delegación o traslado de las competencias desde el gobierno central a los gobiernos territoriales; ii) la financiación del servicio (tanto en volumen como en oportunidad de los recursos); iii) la ejecución (prestación del servicio); iv) la información, en cuanto se garantice su cumplimiento y confiabilidad y v) el control sancionatorio o las posibilidades de imponer castigos.
En cuanto a la delegación, el estudio concluye que no existe un tratamiento diferenciado entre municipios grandes y pequeños, ni se tiene en cuenta en la división administrativa de los hospitales la complejidad de las enfermedades o los costos financieros de las mismas.
En cuanto a la financiación, la evidencia resulta alarmante, ya que los dineros existentes se encuentran atascados por barreras tanto operativas (como los bajos niveles de calidad en el procesamiento de información) como jurídicas (como las prestaciones no-POS y proceso de recobro del Fosyga).
En lo que respecta a la prestación del servicio, se presentan problemas de acceso dadas las distancias en las comunidades rurales y el alto tiempo de espera en las zonas urbanas, y de rivalidad en cuanto al reducido número de especialistas y la restringida capacidad instalada.
Por el lado de la información, el estudio encuentra problemas del flujo paralelo de datos, falta de estándares de calidad contable y de codificaciones completas y actualizadas de los servicios de salud. Finalmente, en términos de control, el principal limitante es la carencia de capacidad coercitiva que tienen los entes territoriales y la misma superintendencia de salud sobre las EPS e IPS.
Hoja de ruta
El estudio de la doble descentralización del sistema de salud en Colombia nos lleva a confrontar la realidad del avance en cobertura contra una percepción baja en la prestación del mismo.
De forma sucinta, la fuente de la inercia en los bajos niveles de calidad de la salud en el país obedece en alto grado a que la legislación del nuevo sistema no impuso claridad en las reglas de juego, implicando incluso una duplicidad de funciones y zonas grises en las competencias y autoridades.
Como se afirma en el estudio, “hace 25 años dejó de haber una relación jerárquica entre gobierno nacional, departamental y local, pero el sistema se sigue apoyando inercialmente en líneas de autoridad inexistentes”.
Lo anterior se tradujo, en pocos años, en un desbordamiento de la capacidad institucional de los municipios pequeños, problemas de coordinación entre los hospitales públicos, las entidades territoriales y las EPS, dificultades de acceso de la población al sistema de salud y la subordinación de la prestación del servicio para ciertos tratamientos ante los retos de sostenibilidad financiera.
De esta forma, la hoja de ruta frente a los nuevos retos que enfrenta la descentralización debe estar enfocada en reconocer las capacidades institucionales y el tamaño de los municipios, con el fin de delegar correctamente las funciones, mejorar los flujos y la confiabilidad de la información para realizar evaluaciones continuas de los programas, y en evitar la evasión de sanciones de las EPS por desconocimiento técnico de los entes territoriales o posibles conflictos de interés en la contratación de los hospitales públicos. Estos elementos deberían estar, sin ninguna duda, en la nueva propuesta de reforma a la salud y en las futuras modificaciones del régimen descentralizado.
Los cambios en el sistema
Previo a la década de los noventa, dependiendo de los recursos con los que contaba el ciudadano, era posible acceder a tres distintos regímenes de prestación del servicio. En primer lugar, el sistema de Seguridad Social atendía a los trabajadores privados y a los funcionarios públicos, con aportes proveniente de los ingresos de los trabajadores y sus respectivos empleadores. Una segunda opción venía dada por el régimen de atención privado, en el que los afiliados pagaban totalmente por la prestación particular de su servicio de salud. Finalmente, la red de centros y hospitales públicos atendía a la población que no estaba inscrita en ninguno de los mecanismos anteriores.
El anterior sistema presentaba varios inconvenientes en materia de equidad y cobertura. De hecho, tan sólo el 31,4% de los colombianos estaba afiliado al sistema de salud. En el primer lustro de los noventa se dio una doble cesión de funciones desde del sistema de salud del gobierno nacional a otras entidades. En la primera, se transfirieron los recursos y las herramientas legales de control a las entidades territoriales para la prestación de estos servicios. En la segunda, se trasladaron las funciones de prestación, organización y riesgo financiero relacionadas al sector salud a diversas corporaciones públicas y privadas (Galilea et al, 2011).
La descentralización territorial quedó plasmada en las leyes 10 de 1990 y 60 de 1993. En estas se dividieron las funciones administrativas y operacionales entre los distintos niveles territoriales. Así, mientras el Gobierno Nacional quedó encargado del diseño de la política de salud y el marco regulatorio, los gobiernos departamentales asumieron la tarea de mantener los hospitales de segundo, tercer y cuarto nivel, mientras que los municipios quedaron como responsables de la administración de los hospitales de primer nivel y del régimen subsidiado (Santa María, 2011).
Casi en simultánea, la descentralización corporativa se dio a partir de la Ley 100 de 1993, en la cual se permitió la prestación del servicio de salud y su control administrativo por instituciones particulares. En ese marco, se crearon las denominadas Entidades Promotoras de Salud (EPS), cuya función era la de articular el sistema, recibiendo los aportes de los usuarios y asegurando con ellos la prestación de los servicios de salud requeridos.
Al mismo tiempo, se aglomeró a todas las entidades que prestaban servicios relacionados con la salud dentro del título de Instituciones Prestadoras de Salud (IPS). El sistema sigue vigente hasta ahora.