Según Pardo, la propuesta busca adecuar la legislación del país a las condiciones especiales de protección del trabajador del fútbol, y poner en armonía los principios de la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA) con la Constitución y las leyes colombianas.
Explicó el Ministro que la iniciativa “propone poner fin a formas precarias y no formalizadas de contratar, tratar y remunerar a los futbolistas, estableciendo obligaciones para éstos y los clubes y regulando aspectos especiales de sus relaciones como los contratos a término fijo, la jornada de trabajo, la cesión temporal y definitiva de los contratos, y las causas e indemnizaciones especiales en caso de terminarlos, así como la contratación de menores de edad”.
“El futbolista es el representante del talento y capacidad de la juventud colombiana trabajadora y merece, por lo menos, gozar de todos los derechos, garantías y protección que tienen el resto de los trabajadores colombianos”, dijo el titular de la Cartera de Trabajo.
Según el texto del proyecto “en los contratos de los futbolistas profesionales no se pactará período de prueba y siempre deben constar por escrito, serán a término fijo y deben contener: identificación y domicilio de las partes; lugar y fecha de celebración, objeto del contrato con las obligaciones de las partes, salario acordado con expresión de los distintos conceptos que lo integran, las retribuciones que no constituyen salario; retribución mínima para el futbolista profesional en caso de cesión del contrato o traspaso definitivo; días, plazos y lugar de pago del salario y las demás retribuciones”.
Así mismo, contempla el valor de la indemnización adicional a la legal en caso de terminación sin justa causa del contrato; copia de los contratos y sus destinatarios.
El proyecto de ley plantea que los contratos de trabajo con futbolistas menores de edad serán suscritos por su Representante Legal y deberá tenerse en cuenta que la edad mínima de admisión al trabajo es de quince (15) años, siempre y cuando cuenten con la respectiva autorización del Inspector de Trabajo.