Cárcel en Colombia y luego extradición: Corte | El Nuevo Siglo
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Martes, 12 de Marzo de 2019
Redacción Nacional

Que los extraditables paguen primero sus condenas en Colombia antes de ser enviados hacia Estados Unidos para ser juzgados en ese país, le pidió la Corte Suprema de Justicia al presidente Iván Duque.

Al avalar la extradición de Eduard Luis Vargas, alias ‘Pipón’, uno de los jefes del grupo armado organizado (GAO) denominado Clan del Golfo, requerido por la justicia norteamericana por delitos de narcotráfico, la Corte le sugirió al presidente Duque dar visto bueno a la extradición cuando el imputado termine de cumplir sus procesos penales con la justicia colombiana con el fin de evitar impunidad.

“La Sala considera inadecuado disponer la entrega del requerido a las autoridades norteamericanas para que adelanten un juicio en su contra por el delito federal de narcóticos, dado que ello implicaría anteponer una eventual sanción extranjera a aquellas que podrían imponer las autoridades nacionales”, dijo la Sala en el auto aprobado con base en la ponencia del magistrado Luis Antonio Hernández.

El alto Tribunal advirtió que “como ha sucedido en algunos casos, favorecería su evasión, pues culminado el trámite en Estados Unidos el solicitado podría sustraerse de retornar al país”.

La Corte confirmó que alias ‘Pipón’ tiene pendientes cinco procesos por delitos de concierto para delinquir, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, reclutamiento ilícito, desplazamiento forzado, además de procesos por homicidio agravado y enriquecimiento ilícito, uno de los cuales está en etapa de juicio.

 

¿‘Santrich’?

¿Tendría este planteamiento algún efecto posterior en el caso de ‘Jesús Santrich’ si, como lo ha pedido la Procuraduría el caso pasa a la justicia ordinaria?

Como lo publicó EL NUEVO SIGLO, por considerar que los delitos de los que se le acusan se habrían cometido después del 1 de diciembre de 2016, el Ministerio Público recomendó que el proceso de extradición de Seuxis Paucias Hernández, ‘Jesús Santrich’, surta su proceso ordinario.

El concepto del Ministerio Público permite, entonces, que la Corte Suprema de Justicia decida sobre la extradición.

“Debe remitirse el expediente objeto de estudio al órgano de cierre de la justicia ordinaria, Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, a la cual corresponde emitir concepto previo, con fundamento en el cual se definirá el trámite subsiguiente, sea que se trate de dar continuidad al proceso de extradición, o del que corresponda para efectos de investigar y juzgar en Colombia la conducta objeto de la solicitud”, se lee en el concepto.

La Procuraduría conceptuó que en este caso no procede la garantía de no extradición por cuanto el requerimiento de extradición formulado por Estados Unidos se refiere a hechos posteriores a la firma del acuerdo final.

El concepto de la Procuraduría fue radicado la semana pasada ante la Sala de Revisión de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), dentro de los alegatos de conclusión dentro del trámite de garantía de no extradición solicitado por ‘Santrich’.

Como lo ha informado este Diario, una vez incluida en el expediente la traducción oficial de la respuesta del Departamento de Justicia de Estados Unidos –en la que señalaban que no enviarían más pruebas para la solicitud de extradición– empezaron a contar 15 días hábiles como plazo máximo para que se conozca la decisión final.

‘Santrich’ es señalado de estar inmerso en un complot para enviar droga a Estados Unidos en una alianza con carteles mexicanos.

Superada esa etapa, la Sección de Revisión del Tribunal de Paz iniciará el estudio de la garantía de no extradición de ‘Santrich’, es decir, si las acusaciones en su contra involucran una violación a los acuerdos del Teatro Colón.

La Fiscalía ha insistido en que esos nexos se dieron después del 1 de diciembre de 2016.