Pliego de cargos al acalde de Tunja | El Nuevo Siglo
Jueves, 25 de Julio de 2013

Por irregularidadesen materia contractual detectadas durante su desempeño como gerente del Instituto Departamental del Deporte de Boyacá (Indeportes), la Procuraduría, a través de la regional Boyacá, le formuló pliego de cargos al actual alcalde de Tunja, Fernando Flórez.

Según el auto de cargos, “en desarrollo del Contrato de Apoyo 015 de 2009, según el cual Indeportes Boyacá debía apoyar a la Federación Colombiana de Tenis con recursos económicos para la logística y adecuación de los escenarios deportivos para la realización de la ‘Copa Davis 2009’ en la ciudad de Tunja”, Flórez “al parecer desconoció el principio de responsabilidad y no vigiló la correcta ejecución del contrato”.

Agrega el documento que “en la cláusula undécima del mismo se estableció que su cesión y subcontratación podía realizarse siempre y cuando mediara autorización escrita por parte de Indeportes Boyacá, pero según los documentos analizados por este organismo de control la Federación Colombiana de Tenis suscribió contrato con un tercero para la realización de obras en los escenarios deportivos, sin que el funcionario investigado previniera y requiriera a la Federación Colombiana de Tenis sobre el requisito previo de la autorización por escrito que en este caso debía ser expedida por parte de Indeportes Boyacá”.

La falta fue calificada por el Ministerio Público como “provisionalmente gravísima, cometida a título de culpa gravísima”. La Procuraduría destacó que “los servidores públicos están llamados a ejercer su actividad de manera responsable, en aras de asegurar la prevalencia del interés general como principio fundante del Estado social de derecho, y garantizar el debido proceso en las actuaciones administrativas y la constante presencia de la buena fe en las relaciones entre los particulares y la administración”.

El segundo cargo formulado se refiere al hecho de que al suscribirse el Contrato de Apoyo 015 de 2009 al parecer se desconoció el postulado de selección objetiva y la regla general de carácter legal de escoger a todo contratista mediante proceso de licitación pública.