Partidos dejan reforma de estatutos para 2013 | El Nuevo Siglo
Lunes, 19 de Noviembre de 2012

A cuentagotas avanza el proceso por el cual los partidos y movimientos sintonizan sus estatutos con la reglamentación de la Reforma Política. Aunque tienen plazo hasta el 14 de julio de 2013, solamente cuatro colectividades ya cumplieron con este requisito.

El Partido Social de Unidad Nacional (La U), el Partido Conservador, el Partido Liberal y el Polo Democrático Alternativo son las formaciones que ya adelantaron sus congresos  o asambleas para actualizar su ‘carta de navegación’ a los preceptos de esta norma orientada a que las colectividades se ajusten en su organización y funcionamiento a los principios de transparencia, objetividad, moralidad, equidad de género y el deber de presentar y divulgar sus programas políticos de conformidad con lo dispuesto en la Constitución.

En tanto que son 8 los partidos y movimientos políticos que están pendientes de reformar sus estatutos, tarea que se quedará para el año 2013, pues aunque varias de ellas trabajan por estos días en el tema, ya no hay tiempo ni ambiente para organizar las asambleas, con el consabido proceso de trasladar  delegados de todo el país, porque ya la gente está pensando más en las festividades y vacaciones de fin de año, además que se cruza con el receso legislativo.

Madrugaron

El Partido Liberal y el Partido de La U madrugaron a finales del año anterior a reformar sus estatutos, adecuándose a la Ley 1475. Incluso este último hizo una reforma adicional en la Asamblea Nacional que se adelantó a finales de octubre pasado, que tiene que ver con el sistema de elección del director único de la colectividad, la cual está pendiente de ser refrenda por la junta de parlamentarios.

En tanto que el Partido Conservador adelantó una profunda reforma de estatutos en un proceso que terminó a finales de octubre pasado, que además de adecuarlos a la Ley 1475, recoge una serie de modificaciones que responden a una reingeniería que se planteó la colectividad.

Esta reforma está pendiente de que el Consejo Nacional Electoral le dé su visto bueno de que se adelantó dentro de la normatividad prevista.

Finalmente, el Polo también hizo una reforma de estatutos el pasado 9 y 10 de noviembre en su III Congreso Nacional, que además de adecuarse a la Ley 1475, hizo varias modificaciones de su fuero interno, como que el Comité Ejecutivo Nacional será designado por el Congreso de la colectividad. Antes lo nombraba la Junta Nacional. Igualmente, el Comité Ejecutivo Nacional nombrará a la Comisión de Ética, que antes la nombraba la Junta Nacional.

Desarrollo del articulado

La Ley 1475 señala que los estatutos de los partidos y movimientos políticos contendrán cláusulas o disposiciones señaladas en la ley y especialmente los consagrados en el artículo 107 de la Constitución. Sin embargo, por tratarse de principios no implica que los estatutos de los partidos sean fiel copia del texto constitucional.

Una muestra de ello se aprecia tomando como referencia el artículo 107 de la Carta, en el aparte que tiene que ver con el aval a los candidatos. Al respecto señala que “los partidos y movimientos políticos deberán responder por toda violación o contravención a las normas que rigen su organización, funcionamiento o financiación, así como también por avalar candidatos elegidos en cargos o corporaciones públicas de elección popular, quienes hayan sido o fueren condenados durante el ejercicio del cargo al cual se avaló mediante sentencia ejecutoriada en Colombia o en el exterior por delitos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales y actividades del narcotráfico o de delitos contra los mecanismos de participación democrática o de lesa humanidad”.

Sobre el particular el Partido de La U señala en el artículo 18 de sus estatutos, que hace referencia a los requisitos para los candidatos, que “la persona que decida postularse como candidato por el Partido Social de Unidad Nacional a cargos de elección popular o a órganos de dirección o control del Partido, debe suscribir declaración jurada en la cual manifieste no tener ningún tipo de inhabilidad o impedimento moral, ético o jurídico. Así mismo debe expresar que no tiene ningún vínculo con grupos armados al margen de la ley. De la misma manera, debe declarar si se encuentra bajo algún tipo de investigación o proceso penal, disciplinario o fiscal, así como la existencia de antecedentes de esa naturaleza”.

Por su parte, los estatutos del Partido Liberal en lo que tiene que ver con la militancia y los candidatos, no hace referencia de forma directa a que no tendrán cabida las personas que tengan vínculos con grupos armados o al margen de la ley, sino que de manera general señala en el capítulo sobre deberes de los afiliados y directivos del Partido: “Están obligados a cumplir los requisitos de la Constitución y la Ley para la inscripción de candidatos a nombre del Partido”.

Además prohíbe la “formación de asociaciones ilegales, participar en ellas o permitirles realizar propaganda a favor del Partido, o sus candidatos”. Así como “aplicar los mecanismos de participación democrática y promover el respeto a las instituciones, a la Constitución y la Ley”.

Pendientes de reformar estatutos

1.   Partido de Integración Nacional (Pin)

2.    Partido Cambio Radical

3. Partido Verde

4. Movimiento Autoridades Indígenas de Colombia (Aico)

5. Movimiento Alianza Social Independiente

6. Movimiento Mira

7. Movimiento Afrovides

8. Movimiento de Inclusión y Oportunidades (Mio)