Notarios, clave en Código del Proceso | El Nuevo Siglo
Martes, 11 de Septiembre de 2012

Aunque la ministra de Justicia y del Derecho Ruth Stella Correa fue clara en advertir que no insistirán en darles funciones jurisdiccionales a los notarios, éstos desempeñarán un importante papel en la aplicación de la nueva norma del Código del Proceso.

Asó lo manifestó ayer la funcionaria luego de tomar juramento a los nuevos notarios del Circuito de Bogotá 36 Claret Antonio Perea Figueroa y 58 Eduardo García-Herreros Castañeda.

“No quiero con ello significar que vayamos a insistir en darles funciones jurisdiccionales de contención, pero somos totalmente conscientes que las nuevas normas del Código General del Proceso amplían las competencias en materia de contención voluntaria, van a contribuir de manera cierta a descongestionar la administración de justicia”, anotó Correa.

Resaltó que el concurso de notarios busca que la prestación del servicio sea moderna, eficiente, digitalizada y segura. La alta funcionaria resaltó la credibilidad que se está implementando con los mecanismos que están utilizando los notarios a través del documento electrónico y con todos los demás avances, “que sin duda alguna van a contribuir a la administración de justicia”, añadió.

En la malograda reforma a la justicia, a los notarios y abogados se les daba algunas funciones jurisdiccionales con el fin de combatir la congestión que se registra en cientos de juzgados de todo el país.

Sin embargo la iniciativa gubernamental causó rechazo en la Rama Judicial, que consideró que se constituía en una puerta abierta para privatizar el servicio de la justicia.

En cualquier caso esta iniciativa quedó en veremos tras el hundimiento de la reforma por parte del Congreso a finales de junio pasado, atendiendo la solicitud del presidente Juan Manuel Santos, quien se negó a promulgar el proyecto aduciendo que durante la etapa de conciliación le fueron introducidos 17 ‘micos’ al articulado.

Por lo pronto el Gobierno ha desistido de presentar otra reforma judicial, y los cambios que necesite la Rama se harán por la vía de decretos y leyes ordinarias.