No arranca trámite de fuero militar | El Nuevo Siglo
Miércoles, 10 de Abril de 2013

A pesar de la prioridad que es para el Gobierno y del mensaje de urgencia que le encomendó a la ley estatutaria al fuero penal militar,  veinte días después este no ha comenzado su trámite en el Congreso.

La ausencia del presidente de la Comisión Primera, Gustavo Puentes, debido a un viaje a China, según la presidenta de la Comisión Primera de Senado, Karime Mota, no ha permitido el avance del proyecto.

“El presidente de la Comisión Primera de la Cámara se encuentra fuera del país y eso nos tiene frenados en este momento. Estoy a la espera de que él llegue para ponernos de acuerdo y darle trámite”, aseguró la Senadora del Partido de La U.

La Parlamentaria señaló que al tener mensaje de urgencia la iniciativa, “le toca trabajar en conjunto a las dos comisiones. Tenemos que citar al tiempo y los debates se dan en conjunto”.

 “Con el mensaje de urgencia no puedo hacer otra cosa, si no le hubieran puesto mensaje de urgencia, la Comisión Primera de Senado ya hubiera podido comenzar el trámite, pero al colocarle mensaje de urgencia tengo que esperar”, explicó la Senadora.

Puentes, junto a los representantes  Juan Diego Gómez Jiménez y Juan Carlos García Gómez, fueron invitados por la Asociación de Industria y Comercio de Sichuan  a esa ciudad desde el 30 de marzo al 15 de abril, según confirmó la Secretaría de la Cámara de Representantes.

Después de la radicación del proyecto el 19 de marzo,  el presidente del Senado, Roy Barreras, dijo que este se tramitaría con prontitud.

“Le he pedido a los presidentes de las comisiones que hoy recibirán los proyectos en sus comisiones para nombrar ponentes y avanzar en la discusión para primer debate”, indicó Barreras.

La iniciativa está a la espera de entrar a las comisiones primeras de Senado y de Cámara para luego ser asignada a los ponentes, quienes estudiarán el articulado y presentarán sus posiciones frente a este para comenzar su debate.

 

El mensaje de urgencia generó discrepancias al interior del Partido Liberal debido a que se piensa que este necesita de más tiempo para ser discutido a profundidad.

Al respecto, el senador Juan Manuel Galán señaló que “no debe haber tiempo límite para abordar el tema en su integridad”.

Por su parte, el Jefe Único del Partido Liberal, Simón Gaviria, consideró que el mensaje de urgencia no limita la discusión la cual dijo debe “basarse en la sensatez, la razonabilidad y la claridad jurídica”.

 

Defensa del proyecto

Tras la radicación de la ley estatutaria, el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón aclaró que aunque el articulado contempla el uso contundente de la fuerza contra las Bandas Criminales (Bacrim), esto se hará bajo la aplicación estricta del Derecho Internacional Humanitario (DIH).

La reglamentación a la reforma al fuero militar contempla el uso contundente de la fuerza de manera proporcional contra organizaciones armadas al margen de la ley que tengan jerarquía de mando, dominen un territorio y usen armamento pesado.

“Lo que estamos buscando es un marco jurídico claro que le permita a las Fuerzas Militares y de Policía actuar con decisión y determinación contra todas las formas de criminalidad con decisión y determinación”, precisó Pinzón.

El proyecto plantea varios puntos polémicos en los que organizaciones defensoras de derechos humanos señalan vacíos que dan espacio a “interpretaciones peligrosas”.

Es así como entre los puntos polémicos está la configuración de las ejecuciones extrajudiciales, las competencias de investigación de los delitos, la definición de ‘blanco legítimo’ y las contradicciones en el tema del daño colateral.

 

Dudas en ejecuciones extrajudiciales

 Es uno de los temas más polémicos ya que la iniciativa señala que para que se configure la ejecución extrajudicial la víctima debe estar “dominada en estado de absoluta indefensión”.

“El servidor público que con ocasión del ejercicio de sus funciones matare a una persona y puesto con este propósito después de haberla dominado en estado de absoluta indefensión”, reza el articulado.

Lo anterior excluye casos en los que militares han matado a supuestos integrantes de grupos ilegales en otras circunstancias y luego los han presentado como bajas en combate.

 

Contradicciones en daño colateral

 Aunque en el capítulo que se refiere a la proporcionalidad de los ataques dice que “ningún ataque podrá ser realizado cuando sea de prever que causará muertos o heridos de la población civil, o daños de bienes civiles, o ambos, manifiestamente excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa prevista”, posteriormente, cuando se refiere a la ausencia de responsabilidad de las Fuerzas Militares, indica que, “cuando en desarrollo de una acción, operación militar u orden de servicio policial dirigida contra un blanco legítimo u objetivo militar ocurran daños colaterales o incidentales a bienes o personas civiles, y la planeación de la misma haya cumplido con el deber de verificación y los principios de distinción, proporcionalidad y precaución, la orden de lanzar ese ataque no dará lugar a responsabilidad penal.”

 

‘El error invencible’

Otro de los ítems de mayor discusión en la medida en que se apela al término ‘error invencible’ como única situación que exceptuaría a los militares de ser procesados por delitos de lesa humanidad.

Esto podría ser el mismo caso de los errores militares, en los que no se aplica el DIH.