Una segunda investigación abrió la Corte Suprema de Justicia a la exsenadora conservadora Aida Merlano, esta vez para establecer si violó los topes de campaña en las elecciones legislativas de marzo pasado.
La política atlanticense fue llamada a juicio en julio pasado por este alto Tribunal por, supuestamente, estar comprometida en delitos electorales, específicamente compra de votos, en estos comicios.
Según se lee en el documento de la Corte Suprema conocido este viernes sobre esta segunda investigación a Merlano, “presuntamente violó los topes de campañas que autorizaba la ley, conducta que a la luz de la codificación punitiva puede ser constitutiva de delito”.
La Corte debe a continuación decretar la práctica de pruebas, a fin de determinar si acusa a Merlano y luego se inicia un juicio en su contra. La investigación está en el despacho del magistrado Marco Antonio Rueda, de la Sala de Instrucción de primera instancia de la Corte Suprema de Justicia.
Merlano se encuentra privada de libertad desde abril pasado en la cárcel el Buen Pastor de Bogotá por orden de la Corte Suprema de Justicia. Esto llevó a que no se pudiera posesionar en su curul en el Senado el pasado 20 de julio cuando se instaló el Parlamento.
La exsenadora está acusada en la primera investigación en su contra de haber tejido una red sofisticada de compra de votos en su sede en el norte de Barranquilla de cara a los comicios legislativos de marzo pasado. Tras un allanamiento en esa sede, la Fiscalía encontró 261 millones de pesos en efectivo y una bolsa llena de certificados electorales y algunas armas, entre otros elementos.
La Fiscalía también encontró que Merlano llevaba una detallada contabilidad de la captación y el pago de los votos obtenidos el 11 de marzo.
En septiembre pasado, el Consejo de Estado decretó en primera instancia la pérdida del cargo o investidura de Aida Merlano como senadora “por cuanto se demostró que su campaña para las elecciones del 11 de marzo de 2018 vulneró, con la aquiescencia de ella, los topes máximos de financiación electoral”.
Según la demanda, el presupuesto de la accionada para dicha campaña sobrepasó el monto máximo de gastos permitido para cada candidato, el cual fue establecido por el Consejo Nacional Electoral en poco más $884 millones.
Con ponencia del magistrado Carlos Alberto Zambrano Barrera, la Sala 23 Especial de Decisión del Consejo de Estado estableció que la demandada gastó más de $1.730 millones, suma que supera de lejos el monto máximo permitido, según lo evidencian las pruebas que obran en el expediente, principalmente las recaudadas por la Fiscalía General de la Nación durante el allanamiento practicado el 11 de marzo del año que avanza en la sede de aquella campaña.
La Sala encontró que la señora Merlano Rebolledo estaba al tanto de todo lo que allí ocurría y, por ende, tenía conocimiento de los movimientos financieros de su campaña para los comicios del 11 de marzo de 2018.
Disciplinario
En septiembre pasado el procurador Fernando Carrillo le formuló pliego de cargos a Merlano Rebolledo por presunta compra de votos y fraude electoral en los comicios realizados el 11 de marzo anterior.
Para el Ministerio Público la excongresista pudo ver comprometida su responsabilidad disciplinaria porque, fungiendo aún como representante a la Cámara por el departamento del Atlántico, posiblemente cometió el delito de corrupción al sufragante, toda vez que, al parecer, entregó dinero con el propósito de que los electores votaran por ella como candidata al Senado para el período 2018-2022.
Reprochó la conducta presuntamente irregular de Merlano Rebolledo porque en su sede de campaña, ubicada en Barranquilla, tenía una supuesta estructura dedicada a la compra de votos.
Dentro del material probatorio con el que cuenta la Procuraduría están los registros de las cédulas de ciudadanía encontradas por las autoridades en el inmueble, además de las certificaciones electorales, listados de puestos de votación, recibos de caja menor, letras firmadas en blanco, adhesivos con la leyenda ‘Gracias por tu apoyo’, armas de fuego, entre otros elementos.
El procurador Carrillo señaló en este caso que “los elegidos popularmente representan al pueblo, deben actuar consultando a la justicia y el bien común, responden políticamente ante la sociedad y frente a sus electores por el cumplimiento de las obligaciones propias de su investidura”.