A la espera de primer debate se encuentra en la Comisión Sexta de Cámara un proyecto que dotaría a los departamentos de nuevos recursos para poder realizar las labores de construcción, mejoramiento, rehabilitación, operación y mantenimiento de vías secundarias. Estos dineros frescos provendrían de la cesión que haga la Nación de la contribución por la celebración de contratos de obra pública y contratos de concesión.
Esta iniciativa fue presentada por el senador liberal Guillermo Antonio Marín Santos en agosto de 2012. Sin embargo, luego de que en mayo de este año fuera aprobada en la Comisión Sexta del Senado, su autor prefirió retirar el proyecto ante un concepto de viabilidad condicionada a cambios en el articulado, que rindió la ANI (Agencia Nacional de Infraestructura).
En este sentido, la ANI muestra su preocupación porque en la actualidad los Fondos de Seguridad y Convivencia se nutren con el 2,5 por mil del valor total del recaudo bruto que genere la concesión. Por lo que previene que “estos fondos podrían quedar desfinanciados si se cambia el destinatario de esos recursos”, es decir, al entregar estos dineros a los departamentos.
Igualmente, señala la ANI sobre el proyecto que la cesión de la contribución por celebración de contratos de concesión equivalente al 1% del valor total del recaudo bruto que genere la respectiva concesión, implica que se presenta un aumento de la tasa de contribución del 2,5 por mil, “situación esta que generaría un aumento considerable en la carga impositiva para la concesión, lo que podría incidir en un incremento de tarifas de los peajes”. Por lo que la ANI propone que en el nuevo proyecto de ley revisado se mantenga la tasa del 2,5 por mil.
Además, la ANI hizo observaciones al artículo 8° del proyecto que señala que los recursos cedidos por la Nación serán utilizados por los departamentos para la construcción, mejoramiento, rehabilitación, operación y mantenimiento de sus vías secundarias o para la financiación de obras públicas relacionadas con agua potable y saneamiento básico. Frente a lo cual el organismo considera que, “si bien es importante que los departamentos inviertan en estos temas tan importantes para la comunidad, también lo es que se invierta en las necesidades de las mismas empresas concesionadas que no pueden atender con sus recursos las necesidades de la comunidad como son puentes peatonales, iluminación vial, intersecciones, retornos, obras menores”.
Por su parte, el Ministerio de Transporte dijo que es inconveniente este proyecto porque en su concepto no se puede considerar que el recaudo de peajes de la ANI sea una fuente de financiación de obras de infraestructura que son competencia de otras entidades territoriales.
Ahora en Cámara
Este proyecto fue radicado nuevamente por el senador Santos Marín, ahora lo presentó por Cámara, realizándole varios ajustes en lo que tiene que ver con las inquietudes que presentó la ANI.
Al respecto el parlamentario Santos le dijo a EL NUEVO SIGLO que se pretende es buscar “parte de los recursos que se logran captar en los peajes. Un porcentaje mínimo que pueda orientarse para los departamentos y los municipios para atender red terciaria. Nosotros nos ajustamos a la observación que hizo el doctor Luis Fernando Duque, que fue el ponente en la iniciativa pasada, la cual infortunadamente él pasó ponencia negativa. Pues nosotros nos reunimos con él, nos reunimos con representantes de la entidad que estaba haciendo las observaciones, las acogimos y fundamentalmente era que si el incremento iba a afectar a los usuarios, eso sería una carga más. Y la verdad es que no es aumentar de manera significativa el costo del peaje como tal sino que conservando el mismo precio, hacer que los concesionarios entren a subsidiar en cierto modo con ese recurso a la red terciaria”.
Frente a la observación que hizo la ANI al primer proyecto, en el sentido que establecer la cesión de la contribución por celebración de contratos de concesión equivalente al 1% del valor total del recaudo bruto que genere la respectiva concesión implica que se presenta un aumento de la tasa de contribución del 2,5 por mil al 1%, el senador Santos Marín dijo que “nosotros buscamos una fórmula intermedia, entonces ni nos fuimos al 1% ni nos quedamos en la sugerencia”, que aseguró, no tendrá ningún impacto en el valor de los peajes en el país.
Gasto en defensa
La contribución sobre contratos de obra pública es un tributo de carácter nacional, por lo que estos recursos prácticamente en su totalidad son para la Nación, mientras que los departamentos, lugar donde se generan estas rentas, no reciben ningún beneficio por este concepto.
El 14 de diciembre del año 1992 el Gobierno Nacional expidió el Decreto Legislativo 2009, al amparo del Decreto 1793 del 8 de noviembre de 1992, mediante el cual se declaró el Estado de Conmoción Interior. Su finalidad fue la de resolver la caótica situación de orden público, ocasionada por los constantes atentados provenientes de sectores al margen de la ley.
Mediante el Decreto 2009 de 1992, por el cual se crea una contribución, el Gobierno buscaba dotar a las Fuerzas Armadas de fuentes de financiación que les permitiera afrontar de manera exitosa la ofensiva subversiva y terrorista, y establecer mecanismos que permitieran a las entidades públicas del orden departamental y municipal contribuir a la financiación y dotación de las Fuerzas Armadas.
El decreto creó la contribución de contratos de obra pública, que buscaba que a partir de su entrada en vigencia, todas las personas naturales o jurídicas que suscribiesen contratos de obra pública para la construcción y mantenimiento de vías con entidades de derecho público, o celebrasen contratos de adición al valor de los existentes, deberán pagar a favor de los entes territoriales respectivos, de acuerdo con el nivel al cual pertenezca la entidad pública contratante, una contribución equivalente al 5% del valor total del correspondiente contrato o de la respectiva adición.
Los recursos recaudados debían destinarse a dotación, material de guerra, reconstrucción de cuarteles y otras instalaciones, compra de equipos de comunicaciones, montaje y operación de redes de inteligencia, pago de recompensas a las personas que colaboren con la justicia y seguridad de las mismas.
En la actualidad la Ley 1421 de 2010 prorrogó el tributo por cuatro (4) años más hasta el año 2014 de manera tal que se encuentra en plena vigencia.