En último debate en plenaria del Senado fue aprobada La Ley Estatutaria que reglamenta el fuero penal militar en medio de los cuestionamientos por parte de organizaciones defensoras de derechos humanos.
La iniciativa, que para convertirse en ley debía surtir su aprobación en plenaria de la Cámara, se esperaba que también fuera aprobada en esa corporación al cierre de esta edición.
En su discusión en el Senado fueron aprobados en bloque 73 de los artículos que no tenían proposición y posteriormente se dio el debate de los restantes 27 artículos con proposiciones.
Entre los artículos más discutidos estuvo el 43 que tipifica las ejecuciones extrajudiciales. Luego de una larga discusión sobre los efectos de este tipo penal, el fiscal Eduardo Montealegre dijo que estas conductas se penalizarán bajo las figuras de homicidio en persona protegida y homicidio agravado.
“Los temas de falsos positivos no solo se van a resolver con categorías existentes como homicidio en persona protegida y homicidio agravado, sino que tampoco hay riesgo de que estas conductas pasen a la Justicia Penal Militar porque son actos que no tienen relación con el servicio”, explicó.
Del mismo modo tuvo amplio debate el artículo 8 que define la conformación de grupo armado, el cual se definió que será el presidente el que haga esta clasificación.
El articulado conservó la excepción de los delitos que no serán cobijados por la Justicia Penal Militar entre estos: los crímenes de lesa humanidad, delitos de genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado.
Rechazo a críticas
En su intervención, el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón rechazó los cuestionamientos hechos al fuero por parte de las organizaciones defensoras de derechos humanos.
“Me sorprende y aterran los argumentos de organizaciones internacionales. No es menos cierto que hay una autonomía, que actuamos con la soberanía plena y el desarrollo de la Constitución que nos permite actuar. Son críticas desactualizadas, porque ha habido modificaciones en los textos, otras son posiciones que buscan generar obstáculos”, dijo.
En el mismo sentido se expresó el senador del Partido Social de Unidad Nacional (La U), Juan Carlos Vélez, quien negó las críticas, lo cual calificó como una intromisión en los asuntos internos de Colombia.
“En la primera página de El Tiempo salen unas críticas del fuero militar. Es una injerencia de la ONU en nuestro asuntos, ojalá el Ministro de Defensa sea capaz de rechazar esa actitud de la ONU y su delegado en Colombia de los Derechos Humanos”, dijo Vélez.
El congresista afirmó que hubo una presión internacional sobre un proyecto que busca proteger y dar garantías a los civiles y los militares: “Hemos sentido una presión internacional contra un proyecto que busca proteger las garantías. Fuero militar para nuestros soldados significa una garantía lógica y válida”.
Adicionalmente, Pinzón dijo que el proyecto fue extensamente debatido al punto que se le hicieron cambios por exigencias políticas que no dejan del todo satisfechos a los militares.
“En el congreso no han aprobado las reformas que trajimos, las han modificado. Hubo cambios y ajustes en todos los debates, en todas las cámaras. Los ponentes de buena fe han contribuido a crear instituciones fuertes, pero al mismo tiempo han tomado distancia en los temas que no les ha parecido y los han modificado. No dejan contento a todo el mundo, las Fuerzas Armadas no están satisfechas, sienten que se ha diluido lo que se habría querido hacer”, precisó.
Pinzón explicó varios de los puntos cuestionados en la plenaria como el ‘blanco legítimo’ y la concesión del estatus político.
“El blanco legítimo son conceptos que están en el protocolo de Ginebra. Es allí donde se define el blanco. Eso lo que hace es que las Fuerzas Armadas no puedan emplear la fuerza con cierta discreción, que tienen que evaluar si una organización atacada es un grupo con las condiciones establecidas en el marco de las hostilidades que definen un marco legítimo”, dijo.
Tras completar su trámite en Cámara, el texto deberá ser conciliado y de ahí pasará a control de la Corte Constitucional.
Modificaciones
Entre las modificaciones que se realizaron al proyecto en su trámite se encuentra el artículo 33 que permitía, eventualmente, la excarcelación de militares que tuvieran en su contra emblemáticas condenas.
Finalmente el artículo estableció que “una persona solo podrá ser declarada responsable como autor mediato a través de aparatos organizados de poder si en un proceso penal se prueba, más allá de toda duda razonable, cada uno de los siguientes elementos concurrentes: 1, que la persona lidera una estructura jerárquica ilegal. 2, que los miembros de la estructura jerárquica cumplen automáticamente las órdenes del líder. 3, que los miembros de la estructura jerárquica pueden ser intercambiados en caso de una negativa a cumplir las órdenes del superior. 4, que el aparato actúa completa y estructuralmente al margen del derecho. Y 5, que el líder ha ordenado la comisión de una o más conductas típicas a los miembros de la estructura jerárquica”.