Farc afirman que no aceptará implementación del plebiscito | El Nuevo Siglo
Lunes, 8 de Febrero de 2016

El secretario de la guerrilla firmó un documento que deslegitima mecanismo, con la Constitución en la mano y varias sentencias de la Corte.

 

“Hemos logrado éxitos sin precedentes que hoy nos tienen próximos a alcanzar un Acuerdo Final de Paz. Valga considerar que en el transcurso de los meses de encuentro hemos efectuado 46 ciclos de conversaciones, en tres años de filigrana y de pacientes negociaciones se han traducido en acuerdos” sostiene la guerrilla.

 

A renglón seguido sostuvo que  “el plebiscito para la refrendación, no es ni la vía política ni el instrumento jurídico-constitucional adecuado para lograr la refrendación del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera” .

Si analizamos sin apasionamiento el mecanismo para refrendar el Acuerdo Final, lo primero que haríamos sería desechar la opción del Plebiscito, porque aunque este instrumento está consagrado en la Constitución Nacional, su impertinencia, en este caso, es evidente al indicar que es el pronunciamiento del pueblo mediante el cual se apoya o rechaza una decisión del ejecutivo. Con la iniciativa en comentario, el ejecutivo y el legislador parecen desconocer los alcances que la ley estatutaria que reglamenta los mecanismos de participación del pueblo, señala inequívocamente, sin permitir esguince alguno a la institución del plebiscito”.

 

No es el plebiscito un mecanismo apto para producir normas, o para modificarlas, refrendarlas o derogarlas. Mucho menos constituye tal instrumento, camino alguno para reformar la Carta. No en vano indica ésta en el artículo 374 que: “La Constitución Política podrá ser reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente o por el pueblo mediante Referendo”. Inadecuada entonces, resulta la decisión unilateral del Gobierno y del Congreso de crear la ficción de un “plebiscito refrendatorio”.

 

“En nuestra opinión el plebiscito refrendatorio desconoce el Acuerdo General, la Constitución, el Estado de Derecho y las normas de funcionamiento del Estado colombiano. Los invitamos entonces, a que de manera bilateral y reposada continuemos el desarrollo de los puntos de la Agenda que aún quedan por resolver, entre ellos el punto 6, que de seguro, es tan claro para ustedes como para nosotros: “Implementación, verificación y refrendación” concluyó el grupo guerrillero.