Artículos que no alcanzaron su votación para ser negado o aprobados dentro del sexto debate del proyecto de acto legislativo de equilibrio poderes están hoy en el limbo, pues no se sabe con certeza si en el debate de la Cámara se pueden revivir.
Unos senadores dicen que sí, otros que no, pero nadie sabe cuál es la verdad, porque no está explícito en la ley.
Por ejemplo, el senador Fernando Nicolás Araujo, del Centro Democrático, le dijo a EL NUEVO SIGLO que “esos son artículos que no quedaron derrotados, según entiendo la técnica legislativa, y se pueden revivir en el último debate en la Cámara de Representantes”.
También para la senadora Claudia López, de la Alianza Verde, es claro que esos artículos se podrían revivir en la plenaria de la Cámara: “Sí se pueden revivir en Cámara, porque no fueron aprobados ni improbados. Es decir, no obtuvieron mismo 52 votos que exige la ley. Es decir, no quedan formalmente aprobados, pero hacen parte de la reforma y se pueden revivir en Cámara”.
La legisladora dijo que entre los artículos que tuvieron el mismo desenlace está el de los congresistas que pudieran renunciar para ser ministros.
Que no
En cambio, para el senador Germán Varón, de Cambio Radical, es claro que esos artículos se entenderían como negados porque no cumplen con la votación calificada que exige la ley para ese efecto.
“Se entienden negados por falta de un requisito pero se podrían revivir y ser considerados en la conciliación”, dijo.
Igual concepto tiene el senador conservador Roberto Gerlein, para quien esos artículos fueron negados y casi que enterrados.
“La Constitución exige una votación calificada y si no se obtuvo el principio constitucional rige para decir que no fueron aprobados. Yo discuto mucho las interpretaciones que dicen que queda pendiente: no queda pendiente, quedan improbados”.
Gerlein señaló que él es el de los que piensan que no se pueden revivir en Cámara ya que no existe el principio de consecutividad.
Revivirán
El presidente del Senado, José David Name, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), expresó por su parte que “esos artículos, si se pide en la Cámara que se reabran se pueden volver a reabrir y estudiar nuevamente”.
Name indicó que ya sería en la conciliación que se llegara a una conclusión si se llegan a reabrir esos puntos.
El presidente de la Comisión Primera de la Cámara, Jaime Buenahora, también de La U, consideró que en efecto se puede revivir y sostuvo que en artículo que podría suceder ese teme es en lo que tiene que ver con el senador regional.
“Desde luego que se pueden revivir, porque la jurisprudencia del Consejo de Estado sobre todo lo que paso en la fallida reforma a la justicia es que los cambios pueden ocurrir, de lo contrario no tendría sentido el debate en la Cámara de Representantes”, afirmó.
Buenahora explicó que en caso de que se reviva algún artículo, el que tiene que dirimir el tema es la conciliación que se da cuando el texto del Senado y texto de la Cámara son diferentes. Y señaló que la noción de que no se puede revivir nada está equivocada jurídicamente.
El congresista manifestó que una vez la conciliación esté hecha y si se vota diferente en el Senado y diferente en la Cámara, ya tendría que dirimir la diferencia la Corte Constitucional: “Pero eso es poco probable que pase, por lo general siempre hay acuerdo”.
Para el exsenador Parmenio Cuellar, del Polo Democrático, “esos artículos que ya no fueron aprobados hasta este momento están muertos. Ya no pueden revivirse. Esa tesis de que dejo un artículo como constancia, no tiene ningún valor. La Corte Constitucional dice que tiene que ser aprobado en 8 debates”.
Para la Corte Constitucional
Para el secretario de la Comisión Primera del Senado, Guillermo Giraldo, en ese punto hay dudas jurídicas y recordó que la Corte señala que el debate concluye con la votación, “por eso se dice que las constancias son simplemente constancias y nada más: no tienen ningún efecto en los procesos legislativos. Tienen que ser debatidos y votados”.
Pero dice que si el artículo fue debatido y votado, pero no fue aprobado ni negado, porque no tuvo la mayoría, “allí hay una duda: si hubiera sido negado, para mí, podría conservar el principio de la consecutividad”.
Sin embargo, Giraldo en el tema de los artículos la Corte Constitucional tendría que pronunciarse para dirimir la duda jurídica.
El secretario general del Senado, Gregorio Eljach, explicó que “cuando no alcanzan los votos para aprobar parece ser. No tengo la seguridad que siempre se asumido que se entendió que fue negado, pero yo no he encontrado una norma expresa que diga eso, pero eso no quiere decir que pueda ser así”.
Eljach señaló que la última palabra la tiene la Corte Constitucional y que habrá que esperar si la reforma llega al control de constitucionalidad para que exista un pronunciamiento de cómo hay que interpretar esas zonas grises.
“El problema surge porque faltan dos debates en Cámara y la pregunta que se hace uno es, esos artículos que venían en la ponencia y que no lograron ser aprobados o negados, porque la votación no logró el requisito, pasan a la cámara o no pasan a la Cámara”, afirmó.
Nada que ver
El representante por Bogotá, Telesforo Pedraza, del Partido Conservador, expresó que “esos artículos si fueron discutidos durante los anteriores cuatro debates e inclusive en la Comisión Primera, se pueden volver a revivir en la Comisión Primera de la Cámara”.
Manifestó el congresista que los artículos que no tienen la votación calificada, simplemente se archivan, “pero eso no obsta para que no se puedan volver a revivir en la Cámara y nosotros estamos haciendo un trabajo estudiando dichos artículos”.
Pero según la normatividad legislativa las leyes que se utilizan para el desarrollo de textos constitucionales, los cuales reconocen y garantizan los derechos fundamentales y se conocen como Ley Estatutaria, para su aprobación, modificación o derogación en el Congreso de la República se requiere la mayoría absoluta de sus miembros y su trámite deberá cumplirse en una sola legislativa o plenaria.
Para el representante por Bogotá, Germán Navas, del Polo Democrático, es claro que si esos artículos que fueron negados sin obtener la mayoría absoluta, ya fueron negados definitivamente y nadie los puede revivir en la Cámara de Representantes.
“Esos artículos debieron haber sido apelados dentro de la misma plenaria y si no se hizo se entiende que ya no se pueden revivir”, precisó.
Una alta fuente judicial que se reservó el nombre, le manifestó a este medio que si esos artículos fueron tocados en los anteriores debates, sí se pueden reabrir pero después en la conciliación se tendría que dirimir los textos que salgan en cada una de las corporaciones.