En duda $305 millones del IDU | El Nuevo Siglo
Lunes, 17 de Junio de 2013

El Consejo de Estado conocerá el recurso de anulación del laudo arbitral que le ordenó a una concesión de parqueaderos de Bogotá pagar más de 305 millones de pesos al Instituto de Desarrollo Urbano (IDU).

En la decisión, la Sección Tercera en pleno definió el régimen jurídico aplicable a los tribunales de arbitramento y modificó su jurisprudencia en el sentido que la anulación del laudo hace parte del proceso arbitral y no es otra instancia.

Inicialmente, se había rechazado el recurso por falta de sustentación y se sostuvo que el proceso arbitral culmina con la notificación del laudo, por lo que el recurso de anulación era extraordinario y más que un recurso es una acción.

Ahora, la Sala, con ponencia del magistrado Jaime Orlando Santofimio, señala que el recurso de anulación no es una acción autónoma o independiente del proceso arbitral, puesto que su interposición solo puede darse dentro del mismo proceso en el que se produjo el laudo, aunque sea otro juez el que lo conozca, en este caso el Consejo de Estado.

Por tal razón, en este caso solo se requería que la interposición del recurso se hiciera dentro del término previsto, lo cual se cumplió.

Con respecto a la solicitud de suspensión de los efectos del laudo arbitral, la Sala fijó una caución por 30.560.652 pesos, como requisito para luego decidir sobre esta petición.

El laudo fue proferido por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, luego que las concesiones de Parqueaderos calles 85, 90 y 97 S.A. convocaran al tribunal para obtener el pago del ingreso mínimo garantizado  por parte del IDU.