Solo hasta el próximo 15 de abril se reanudará la realización de elecciones atípicas y de revocatoria de mandato en el país con el ejercicio que escogerá en las urnas al alcalde del municipio de Jamundí, departamento del Valle del Cauca. La Registraduría presionó esta decisión para que estas jornadas no consuman sus esfuerzos que concentrará en los comicios de Congreso de la República.
El pasado 17 de noviembre, Manuel Santos Carrillo renunció al cargo de alcalde de Jamundí, en medio de investigaciones penales, fiscales y disciplinarias en su contra. El 5 de diciembre de 2016 fue suspendido por solicitud de la Contraloría del Valle por irregularidades que se habrían presentado en la declaración de calamidad pública que decretó el 18 de mayo de 2016 por los efectos del Fenómeno del Niño.
El 5 de julio del año pasado, Carrillo reasumió el cargo luego de que la Contraloría de este departamento retirara los cargos fiscales y administrativos. Sin embargo dos meses después el juzgado Cuarto Penal Municipal de control de garantías de Cali le impuso medida de aseguramiento, con beneficio de detención domiciliaria, junto con su entonces secretario de Infraestructura, Diego Alberto Galarza, como presuntos responsables del delito de contratos sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo y sucesivo.
Tras la renuncia de Carrillo que llegó a su despacho la gobernadora del departamento de Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, convocó elecciones atípicas para el 4 de febrero de este año.
No obstante, la Registraduría Nacional del Estado Civil le pidió a la Gobernadora correr la fecha para la realización de las atípicas en el municipio de Jamundí, al menos después de las parlamentarias del 11 de marzo.
La secretaria Jurídica del Departamento, Diana Vanegas, explicó que "la voluntad de la Gobernadora era que las elecciones fueran en febrero y ella las convocó. Fue la Registraduría quien solicitó el cambio de fecha".
Independientemente de las razones que haya esgrimido la Registraduría a la Gobernadora para pedirle aplazar la fecha para la realización de los comicios atípicos en Jamundí, se estaría violando la norma porque la Ley 136 de 1994 establece sobre la convocatoria a elecciones que “si la falta absoluta se produjere antes de transcurridos 24 meses del período del alcalde, el Presidente de la República o el gobernador respectivo, según sus competencias en el decreto de encargo señalarán la fecha para la elección de nuevo alcalde, la cual deberá realizarse dentro de los dos meses siguientes a la expedición del decreto”.
El Decreto que convocó elecciones atípicas en el municipio de Jamundí fue expedido el 8 de diciembre pasado, en tanto que su realización fue pospuesta para abril próximo. Es decir, entre la convocatoria y la jornada en las urnas pasarán más de cuatro meses, en lugar de los dos meses que ordena la Ley.
En Cartagena
El ministro del Interior, Guillermo Rivera Flórez, confirmó que habrá elecciones en la ciudad de Cartagena debido a que existe la vacancia; sin embargo no hay una fecha estipulada. El jefe de la cartera del Interior manifestó que aún se está sobre el tiempo que le otorga la ley al Gobierno para convocar a los comicios atípicos que permitirán conocer el sucesor del alcalde Manuel Vicente Duque Vásquez, quien fue privado de la libertad luego que la Fiscalía encontrara méritos suficientes para imputar cargos de cohecho en la irregular elección de la contralora distrital Nubia Fontalvo Hernández.
Rivera Flórez manifestó que efectivamente en Cartagena se deberá convocar a elecciones porque la vacancia absoluta se dio mucho antes de que faltaran 18 meses dentro del periodo constitucional. “Lo que debemos tener claro es que todavía estamos dentro de los términos que nos da la ley para definir la fecha de las elecciones; de tal manera que los ciudadanos deben saber que habrán elecciones atípicas y estamos dentro de los términos de ley para convocar”, puntualizó el Ministro.
Afirmó que "aun lo que se tiene es una fecha límite, en cualquier momento de aquí a mitad de febrero se puede convocar. Una vez se tome esa decisión habrá que contar máximo 90 días, que pueden ser incluso 50 para definir la fecha de celebración".
Añadió que "por supuesto que tenemos que convocar elecciones, ese es un mandato constitucional, claramente en el Distrito de Cartagena hay que hacerlo".