El ABC del proyecto de conductores ebrios | El Nuevo Siglo
Martes, 17 de Septiembre de 2013

Detención por manejar alicorado, cárcel para conductores ebrios y eliminación de beneficios por causar heridos o muertos, puntos clave del proyecto.

Con algunas modificaciones pero conservando su esencia, la comisión accidental del Congreso para el tema de los conductores en estado de embriaguez radicó en la Secretaría del Senado el proyecto que endurece las sanciones por estas conductas.

Aunque se esperaba que el articulado fuera presentado con mensaje de urgencia, el documento todavía no cuenta con este requisito.

El texto está sustentado en tres puntos relacionados con las sanciones por manejar en estado de alicoramiento, así como bajo la influencia de sustancias psicoactivas, la habilitación de centros de reclusión para los infractores y el fortalecimiento de las medidas contra quienes causen lesiones y muertos.

Se espera que en 15 días el articulado sea agendado  en la Comisión Primera del Senado y comience su trámite para que en diciembre se convierta en Ley.

 

Manejar alicorado

Conducir en estado de alicoramiento, en cualquier grado, generará la detención temporal del conductor hasta la privación permanente de la libertad por reincidencia, así:

·         La primera vez que el conductor sea descubierto en dicha condición será confinado por 24 horas en un centro de retención y tendrá una multa igual al 25% del valor comercial del vehículo. Este servirá de garantía hasta el pago de la multa. 

·          La segunda, el conductor será retenido por 24 horas, la multa será del 50% del valor comercial del vehículo, y firmará un acta de compromiso resolutoria, para nunca más volver a cometer esa infracción.  

·          Si reincide por tercera vez, el conductor será acusado de fraude a resolución judicial o administrativa por el no cumplimiento del acta, retención de la persona, inicio de proceso penal, y pérdida definitiva del vehículo. En este caso el infractor reincidente podría ser castigado con una pena de uno a cuatro años de prisión. También se aplica el decomiso definitivo del vehículo. Los vehículos serán subastados y entrarán a formar parte de un fondo que será manejado por el Ministerio de Salud para la reparación integral de víctimas de siniestros viales en el país.

·         Todas las conductas anteriores sin perjuicio de las sanciones que actualmente existen como la suspensión de la licencia de conducción, la inmovilización del vehículo y el curso al que se le obliga.

 

 

Cárceles para conductores

La ley  establece como lugar de detención de los conductores encontrados manejando en estado de embriaguez y aquellos que hayan ocasionado lesiones personales y muertes, los Centros Integrales de Atención. Actualmente hay habilitados 11 de estos centros, de 115 que existen en el país. Uno de los requisitos para que entren en funcionamiento los Centros Integrales es que deben tener listos los sitios de reclusión. Hasta ahora esta figura no ha sido aplicada. Los centros estarán bajo la responsabilidad del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec).

 

Incremento de penas

Se incrementa la pena dependiendo del homicidio culposo según el estado de embriaguez cuando haya un muerto o lesión. En estos casos no se permite la  excarcelación y otro beneficio como la casa por cárcel o descuentos en la pena.

 

“Solución progresiva”

Para la representante del Movimiento MIRA, Gloria Stella Díaz la iniciativa  “es una solución mixta y progresiva, va a haber penalización, pérdida de la propiedad o decomiso definitivo del vehículo”.

La Parlamentaria expresó que una vez entre en aplicación la norma, se pueda establecer si se reducen los accidentes por esta causa o es necesario tipificar como un delito independiente manejar en estado de embriaguez.

“La idea es que vamos a pedir que tengan mensaje de urgencia para que en diciembre ya tengamos una ley. Vamos a esperar cómo es el comportamiento del proyecto en caso de ser aprobado y queda abierta la puerta para nuestra propuesta que si esto no funciona, ya no habría ninguna excusa para tipificar como un delito autónomo el conducir en estado de alicoramiento”, afirmó Díaz.

 A su turno, el senador Luis Fernando Velasco, del Partido Liberal y coordinador de la comisión accidental señaló que “la persona en estado de embriaguez o con fuerte influjo de sustancias psicotrópicas que manejando le cause daño a otra persona, debe tener la claridad que va a perder su libertad”.

Por su parte, el senador del MIRA, Carlos Baena, explicó que en el proyecto se están mezclando dos tipos de medidas de carácter económico, con el decomiso del vehículo y aumento de multas y las medidas de carácter penal que van a ser graduales. “Más que cárcel lo que queremos es que la gente sepa que va a quedar reseñada”, agregó Baena.

 

“No todo se resuelve con cárcel”: Minjusticia

En entrevista del domingo pasado conEL NUEVO SIGLO, el nuevo ministro de Justicia, Alfonso Gómez Méndez, dijo que no está de acuerdo con que la cárcel para los conductores ebrios ayude a solucionar el problema. “En principio no creo que esa sea la solución, pero voy a asumir el debate del proyecto que se esté discutiendo en el Congreso”, dijo.

Sobre el hacinamiento carcelario y el proyecto de Código Penitenciario que hace trámite en el Congreso señaló que “el hacinamiento tiene varias aristas, varias maneras, varias causas. Primero tenemos que continuar lo que estaba haciendo mi antecesora, es decir conseguir nuevos cupos en las cárceles. En segundo lugar, vamos a analizar el tema de los derechos humanos  en las cárceles. Tengo que reunirme con la gente del Inpec, pero también con los funcionarios del poder  judicial”.