Delito autónomo, para falsos positivos | El Nuevo Siglo
Viernes, 14 de Junio de 2013

Con tan solo 40 artículos que faltan por aprobar, en Cámara se insistirá el lunes en que las ejecuciones extrajudiciales, mal llamadas falsos positivos, deben ser conocidas por la justicia ordinaria.

 

El representante por Bogotá, Alfonso Prada, copresidente vocero del Partido Verde, dijo que ese artículo exactamente si se lee es la descripción típica de lo que son los falsos positivos, “razón por la cual hemos tomado la determinación de definirlo en la ley y adjudicarle su competencia absolutamente clara a la jurisdicción ordinaria”.

Prada anotó que ese artículo, ubicado en la jurisdicción ordinaria, es clara respuesta a las inquietudes que Naciones Unidas le hizo llegar al Congreso: “Creo que la angustia nacional e internacional porque el fuero militar termine favoreciendo a los casos del falsos positivos o permita que haya impunidad, termina superada con este artículo y con ello superada la discusión”.

 

El representante por el Huila, Carlos Augusto Rojas, del Partido Conservador, indicó que lo primero que se debe hacer es corregir en el léxico de los colombianos la expresión de ejecuciones extrajudiciales: “Se dejan absolutamente claros los casos que van a conocer la justicia penal militar, porque hay una serie de prevenciones de las ONG que plantea que se está generando un marco” de impunidad en “violaciones de los integrantes de la Fuerza Pública, cosa que no es cierta”.

 

Rojas señaló que no hay la más mínima posibilidad de que haya en Colombia impunidad por violación de los derechos humanos por parte de los miembros de la Fuerza Pública a partir del momento en que se apruebe la reglamentación del fuero penal militar.

“Tenemos absolutamente claro de que en Colombia se debe crear una política pública que le permita a los integrantes de nuestras fuerzas actuar de cara al terrorismo, a las organizaciones criminales que ponen en jaque la institucionalidad colombiana, y que hasta el momento no han tenido la mínima posibilidad de un marco jurídico que los blinde”, indicó.

 

El representante Rojas reiteró que la reglamentación no es para crear un eslabón para cometer violaciones a los derechos humanos y lo que se desea es que la Fuerza Pública le garantice la honra y la seguridad de todos los colombianos.

El representante por Bogotá, Ángel Custodio Cabrera, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), indicó que establecer las ejecuciones extrajudiciales como delito autónomo es ratificar un hecho presumible cumpliendo con unos requisitos procesales antes de declararlo y decidir si es de competencia penal militar u ordinario.

“Nosotros continuaremos acompañando la reglamentación, como lo hemos hecho y como lo hicimos hasta la madrugada de ayer. Pero sobre todo respetando las normas del derecho internacional y escuchando a las organizaciones de derechos humanos”, recalcó.

Cabrera también afirmó que después de aprobada la reglamentación, la Fuerza Pública tendrá que aportar más recursos en lo que tiene que ver con la capacitación y respeto a los derechos humanos.

El representante por Bogotá, Germán Navas, del Polo Democrático, que seguirá defendiendo el lunes su ponencia negativa, resaltó que el problema radica en que en el proyecto no está especificada la desaparición forzada: “Lo que pasa es que existe la confusión de qué pasará con los falsos positivos cometidos con anterioridad a la vigencia de este código”.

Para Navas lo importante es que quede en claro si los falsos positivos quedan en manos de la justicia penal militar u ordinaria.

 

El representante por el Meta, Hugo Velásquez, del Partido Liberal, consideró que en el articulado “todo lo que es delitos de lesa humanidad, ejecuciones extrajudiciales quedan en la justicia ordinaria e igualmente siguen conociendo los procesos en curso”.