Gabriel Sonny Cubillos
Periodista de El Nuevo Siglo
La personería jurídica de la Unión Patriótica así como del partido Cien por Ciento Colombia sería definida en la Sala Plena de hoy del Consejo Nacional Electoral. Estas colectividades no lograron el umbral en los comicios parlamentarios del pasado 9 de marzo.
Sin embargo aunque ambas formaciones políticas coinciden en esta situación, sus realidades distan mucho de ser parecidas, pues la Unión Patriótica (UP) volvió a la arena política este año gracias a un fallo del Consejo de Estado que le devolvió la personería jurídica en julio del 2013, al tumbar una decisión del Consejo Nacional Electoral en 2002, considerando que se extralimitó en funciones porque no tuvo en cuenta que esta formación política no participó en los comicios de ese año, pues su militancia había sido víctima de genocidio a finales de los 80 y comienzos de los 90.
Mientras que Cien por Ciento Colombia surgió en diciembre pasado después de que la asamblea del movimiento Afrovides (Asociación de Afrocolombianos para la Vivienda, Deporte, Educación y Salud) decidió cambiar de nombre asumiendo el de Cien por Ciento Colombia, manteniendo la personería jurídica que logró en los comicios del año 2010 con la curul que obtuvo Yahir Acuña en la circunscripción especial de la Cámara afro.
La UP
EL NUEVO SIGLO conoció de buena fuente que si bien hay un nivel muy cercano al consenso entre los nueve magistrados que integran el Consejo Nacional Electoral en cuanto a mantener la personería jurídica a esta colectividad para los comicios regionales de 2015, la discusión se origina en si las medidas especiales otorgadas a esta colectividad política deben llegar hasta ahí o extenderse hasta los comicios parlamentarios y presidenciales de 2018.
Igualmente se discute si la reparación que se haría a la Unión Patriótica en lo electoral manteniéndole la personería jurídica a pesar de que no logró el umbral en los pasados comicios debe quedar solo allí o contemplar otras medidas como víctima del conflicto que fue por el genocidio de más de 4.500 de sus militantes.
En su regreso a la arena política en los comicios legislativos de marzo pasado, después de 12 años de ausencia, la Unión Patriótica no consiguió una sola curul en el Congreso, a pesar de que presentó 18 listas a la Cámara en igual número de departamentos, en tanto que no aspiró al Senado.
Esta situación por sí sola significaría que el Consejo Nacional Electoral le tendría que retirar la personería jurídica a la UP, es decir el reconocimiento legal, pues la normatividad establece que es necesario para mantenerla, que una colectividad logre una votación equivalente al 3% del umbral establecido en Senado, 355.955 votos en los pasados comicios, o en su defecto alcance el umbral en la Cámara de Representantes, que equivale al 50% del cuociente.
Sin embargo en el caso de la UP existe además del antecedente de que el Consejo de Estado le devolvió la personería jurídica, un reciente concepto de la Sala de Consulta y Servicio Civil de este alto Tribunal, en el cual considera que no es posible aplicar el umbral electoral a este partido político en las elecciones al Congreso de la República de este año, ya que se dejaría sin efecto alguno su sentencia del 4 de julio de 2013, en la que se le restituye precisamente la personería jurídica.
En tanto que el otro hecho que luce fundamental es que en julio pasado el propio Gobierno nacional, por intermedio del entonces ministro del Interior de entonces, Aurelio Iragorri, solicitó al CNE tener en cuenta dicho concepto emitido por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado.
Cien por Ciento Colombia
La discusión que hay en el Consejo Nacional Electoral se da porque Cien por Ciento Colombia presentó en los comicios pasados listas en la circunscripción ordinaria de Cámara y en la circunscripción especial afrocolombiana, en esta última con el nombre de Fundación Ébano de Colombia (Funeco).
La norma electoral no permite a un mismo partido participar en dos circunscripciones a la vez, por lo que la Procuraduría General demandó ante el Consejo de Estado las tres curules que logró Cien por Ciento Colombia en la circunscripción ordinaria, dos en Sucre y una en Casanare.
En tanto que las dos curules que obtuvo Funeco en la Cámara afro con María del Socorro Bustamante y Moisés Orozco siguen vacías, pues la posesión está frenada por unas medidas cautelares que concedió el Consejo Superior de la Judicatura hasta que falle de fondo el Consejo de Estado por una demanda porque, supuestamente, estas personas no representan a la comunidad afrocolombiana.
En consecuencia, hay algunos magistrados del Consejo Electoral que consideran que a Cien por Ciento Colombia no se le puede otorgar la personería jurídica porque a pesar de que obtuvo tres curules en la Cámara ordinaria, no alcanzó del umbral exigido.
Sin embargo, hay algunos togados, los cuales señalan que si Cien por Ciento Colombia y Funeco son el mismo movimiento, tendría la personería jurídica que habría obtenido este último por las dos curules que ganó en la Cámara afro, que como se dijo están demandadas.