¿Y el posconflicto? | El Nuevo Siglo
Sábado, 22 de Abril de 2017

En mi opinión, lo único mejor que la democracia representativa es la democracia mixta que combina medios representativos con medios de participación directa de la ciudadanía. Ese fue, sin duda, uno de los grandes logros de la Constitución del 91.

Pero para que ello se pueda enaltecer se requieren establecer claros ámbitos competenciales. Así, la democracia representativa se debe fijar para dos fundamentales tareas: reclamar intereses nacionales y para crear la voluntad en materia de política internacional. La segunda, para hacer valer el poder soberano nacional, esto es, la voluntad del pueblo en decisiones como los plebiscitos, referendos constitucionales o consultas populares del orden nacional y para hacer valer los interés y derechos propios de la jurisdicción local. He aquí el equilibrio de competencias territoriales.

Así se pensó desde la propia carta política pero en ausencia de una verdadera Ley Orgánica de Ordenamiento territorial este propósito ha sucumbido a la anarquía política, legislativa y jurisprudencial.

Por eso no extraña la decisión de los pobladores de Cajamarca frente a actividades mineras, con sus hondas consecuencias para toda la actividad productiva del país. Cerca de 1/3 parte de la población, vale decir, menos de 7 mil compatriotas pertenecientes a uno de los más de 1.100 municipios del país decidieron el futuro de la política minera. Sentenciaron sobre la explotación del subsuelo así como sobre sus recursos naturales no renovables que por constitución pertenecen a la nación, ergo, al ámbito nacional. Constitucionalmente hablando la decisión sobre la exploración y explotación del subsuelo y de susodichos recursos pertenecen a la nación y no a los entes territoriales.

Pero se trastocó el sentido, la forma y el espíritu en el trascendental reparto de competencias permitiendo que las decisiones locales ahora puedan resolver asuntos allende a sus límites y jurisdicciones y sus fallos sean más vinculantes que las propias reglas constitucionales. Así, los intereses particulares se posan sobre los nacionales.

De ahora en adelante cualquier actividad productiva que genere progreso y desarrollo, bienestar y riqueza se verá envuelta en el dilema de saber si en cualquier momento pueden ser afectadas por una decisión local, como por ejemplo la de los floricultores, los basureros, las actividades petroleras, las realizaciones deportivas y hasta las culturales.

Con la decisión de Cajamarca cualquier actividad humana es objeto de cuestionamiento democrático por inconstitucional que sea. Y, ¿sus efectos? Naturalmente la ausencia de riqueza con la que eventualmente hubiésemos podido aportar a sufragar los gastos de lo que el gobierno denomina “Posconflicto”

*Miembro de la Corporación Pensamiento Siglo XXI.

@rpombocajiao