Recientes posiciones de diferentes países hacen pensar que la cuerda que tiraba hacia el derecho universal del aborto pierde fuerza y ganan la tendencia a repensar y considerar en conciencia el derecho de los niños no nacidos o de los niños por nacer, como quiera que se mire, entrando también a profundizar en la protección de su gestación.
Como un hecho histórico se recibió, tanto por abortistas como por los movimientos provida, el fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos del pasado 24 de junio, en una mayoría de seis jueces contra tres, que anula el precedente de “Roe vs. Wade”, como sentencia que desde hace 50 años llevaba al ámbito constitucional la permisividad del aborto como derecho federal, con normas de acceso a su práctica.
Este fallo traslada a cada Estado, a sus legisladores y representantes, la responsabilidad normativa, donde entra en consideración su visión como la presión e interpretación del querer de sus habitantes. No obstante, para muchos de ellos puede simplemente entrar en vigor una ley anterior a Roe ya vigente para el Estado o que le sea aplicable.
Como antecedente es de aclarar, como lo afirma el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), si bien Estados Unidos firmó en 1980 la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, no lo ha ratificado. Este es el tratado que protege los derechos humanos de las mujeres, incluidos sus derechos a la salud sexual y reproductiva, sobre los cuales versa el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo. Provida claramente lo refuta con “no es mi cuerpo, está en tu cuerpo”
Se dice que el país puede estar dividido en dos en sus posiciones. Un mapa interactivo que publica la Fundación Heritage es interesante en cuanto muestra el potencial de cada Estado frente a la protección de la gestación de los niños por nacer. Este mapa tiene seis categorías entre la más conservadora y la más liberal. Oklahoma, por ejemplo, el Estado más identificado con la línea provida, ya tiene una ley que protege a los niños por nacer desde la concepción, con excepción del riesgo de la vida de la madre y se sustentan en el derecho privado a la acción. Se trata de una ley condicional que podría volver a aplicarse si el fiscal así lo determina.
Bajo esta escala, cerca de veinte y siete estados tienen alguna manifestación jurídica de protección sobre los meses de gestación de los niños no nacidos, que dibuja la Fundación Heritage desde la posición moderada, buena y excelente. Solo siete estados aparecen en el otro extremo con aborto legal sin límite ni ley aplicable pre-Roe o condicional.
Por otro lado, Guatemala, en cabeza de su presidente, Alejandro Giammatei, el pasado 28 de junio, pone de manifiesto ante la OEA la censura por parte de la CIDH por el hecho de haber firmado el Consenso de Ginebra que reconoce el derecho a la vida desde la concepción, al igual que lo hace la Convención Americana de Derechos Humanos. No en vano se le considera, según CitizenGo, la capital provida de Iberoamérica.
Guatemala transmitió su disconformidad: pidió respeto a su soberanía y reclamó que las recomendaciones de la CIDH no son vinculantes y debe respetar la legislación interna, motivo por el cual considera como insólita e ilegítima su inclusión en el capítulo 4b, a la par con Venezuela y Nicaragua, por parte de la CIDH, al enmarcar su defensa provida como hecho de no respeto a los derechos humanos, cuando el mundo puede plantear el derecho de los niños por nacer desde su concepción. Son estos vientos provida.
* Presidente Corporación Pensamiento Siglo XXI
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