Ecocidio sería el quinto crimen | El Nuevo Siglo
Lunes, 28 de Junio de 2021

El proceso del Acuerdo de París tomó tiempo y demandó arduo trabajo hasta que, en un último esfuerzo en la COP21, impulsado con el concurso de los gobiernos de Estados Unidos y Francia en ese momento, logró aprobarse en diciembre de 2015. Su adopción es sin duda un hito del carácter actual del multilateralismo y la acción conjunta sobre los problemas comunes. Reconociendo a su vez valores y principio de lo que sería una ética de las relaciones internacionales a partir de la dimensión ambiental. La cual implica un serio compromiso con la trasformación de las actividades económicas con alto impacto en el cambio climático como la industria de combustibles fósiles en la que el petróleo completa más de un siglo de ser literalmente el motor del desarrollo.

Sin embargo, el desarrollo del Acuerdo ha sido lento y aunque sus instrumentos técnicos y financieros, así como de coordinación y seguimiento están en fase de implementación y consolidación, la experiencia ha mostrado que por sí solo no será suficiente y que siempre habrá jugadores dispuestos a evadirlo como ocurrió durante el periodo Trump (2017-2020) y las resistencias de China y Rusia o ahora con la deforestación en el Amazonas, por ejemplo.

En este sentido, ante el creciente desafío por las amenazas al medio ambiente que ponen en riesgo la supervivencia de ecosistemas naturales y la vida, distintas voces se han ido sumando para pedir que la justicia internacional también actué más allá de las meras sanciones económicas. Es decir, pasar al campo de la responsabilidad penal. Este es un terreno de mayor sanción, pues afectaría la libertad individual de los agentes responsables y la reputación de las corporaciones que representan.

Es así como un panel de expertos juristas convocados por la Fundación Stop Ecocidio dio a conocer el pasado 22 de junio su trabajo de meses sobre la formulación del ecocidio como un crimen con el propósito de que sea propuesto para incorporarse al Estatuto de Roma (1998) y pueda ser tratado como de competencia de la Corte Penal Internacional. El cual definen como “cualquier acto ilícito o arbitrario perpetrado a sabiendas de que existen grandes probabilidades de que cause daños graves que sean extensos o duraderos al medio ambiente.”  De ser adoptado, sería el quinto crimen de competencia de este tribunal que actualmente conoce cuatro: genocidio, lesa humanidad, de guerra y de agresión. 

El camino no será fácil -en los años 90 algunos poderosos países petroleros se opusieron-, aunque en esta ocasión el contexto de cambio climático, la pandemia y la amenaza creciente al medio ambiente parecen brindar un marco más favorable para que sea considerado por los 123 países que han ratificado el Estatuto de Roma. Ojalá Colombia esté dentro del grupo que apoye esta iniciativa, aunque el manejo del aún no ratificado Acuerdo de Escazú no es un buen predictor. Pero, para el país con un gran valor estratégico ambiental y por lo mismos sometido a fuertes amenazas -deforestación y minería- no resultaría conveniente mantener la ambigüedad frente a una ética y dinámica de las relaciones internacionales cada vez más estructurada a partir de la dimensión ambiental. 

@Fer_GuzmanR