En momentos de crisis mundial e incertidumbre en Colombia por el ritmo que tomará la expansión del virus Covid-19, el compromiso con el autocontrol es el mejor mecanismo para evitar una emergencia de proporciones inmanejables.
La responsabilidad empieza por asumir con seriedad el cumplimiento de las medidas adoptadas por las autoridades, que recomiendan el lavado constante de las manos, el aislamiento, la compra prudente de víveres, hacer uso de los servicios médicos solo en caso de que sea necesario y en temas judiciales, acudir a la administración de justicia en los asuntos urgentes.
La justicia, como un servicio público esencial, también debe ser garantizada. Su importancia, en tiempos de crisis por el coronavirus, no es tan visible como los servicios médicos, la producción de elementos indispensables para la higiene personal y la comercialización de alimentos; empero los jueces tienen una labor valiosa para preservar los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Las acciones constitucionales como el habeas corpus, institución creada para verificar la legalidad de las privaciones de la libertad; la tutela, que protege las garantías constitucionales como la vida y la salud, y las funciones de control de garantías, que buscan asegurar los derechos del imputado, las víctimas y en general los que intervienen en el proceso penal; son decisivas para salvaguardar el estado de derecho. El uso de estas instituciones jurídicas tiene que ser racional.
Acudir a la administración de justicia es una práctica común en Colombia, no solo para que se resuelvan las materias propias de la justicia, también para procurar que una providencia judicial obligue a las entidades administrativas a cumplir con sus funciones, para ello la tutela es la principal herramienta jurídica. Estamos en una situación atípica, sin antecedentes en la historia contemporánea, en la que los recursos del Estado son destinados a resolver los asuntos prioritarios, encaminados a atender la emergencia actual, los demás, aunque sean derechos amparados legal y constitucionalmente, pueden esperar.
El autocontrol en temas judiciales hace alusión a no utilizar los recursos de la administración de justicia para casos que no sean urgentes. Hay muchas quejas manifestando que se está radicando un porcentaje alto de tutelas referidas a competencias de las secretarías de tránsito, debido proceso y estabilidad laboral reforzada que nada tienen que ver con la vida o la salud, causas que sí deben ser protegidas de manera impostergable.
El Consejo Superior de la Judicatura suspendió los términos judiciales hasta el 3 de abril, que en la práctica se extiende hasta el 12 de abril por la temporada de Semana Santa. Con la suspensión de los términos se interrumpen los efectos de caducidad o prescripción de acciones judiciales. Por eso la única preocupación para intervinientes en procesos de especialidades civiles, laborales, contencioso administrativas, de familia y demás que no atiendan garantías constitucionales que merezcan una atención prioritaria, es asumir el compromiso de atender las recomendaciones para combatir el Covid-19.
Nunca antes la humanidad había enfrentado esta clase de desafíos, al menos no en la era moderna. El ideal sería que al superar esta situación logremos una sociedad más tolerante, solidaria y responsable.
@WilsonRuizO