El ministro Amylkar Acosta, presentó esta mañana la Ley 1715 de 2014, que regula la integración de las energías renovables no convencionales al sistema energético nacional.
Con esta norma, Colombia continúa dando pasos importantes en procura de un sistema energético más limpio, que involucre a las administraciones públicas, a la empresa privada y a las autoridades locales, e incentive la penetración de las fuentes no convencionales de energía con criterios de sostenibilidad medioambiental, social y económica.
“Menos contaminación y mayor eficiencia es el objetivo de esta iniciativa”, afirmó el Ministro Acosta, quien agregó que "mediante esta ley se declaran las energías renovables como asunto de utilidad pública, de interés social y de conveniencia nacional, dado el carácter substancial que tiene la utilización de estas fuentes no convencionales en la protección del medio ambiente y en el uso eficiente de la energía".
La ley tiene por objeto promover el desarrollo y la utilización de las fuentes no convencionales de energía, principalmente aquellas de carácter renovable, en el sistema energético nacional, mediante su integración al mercado eléctrico, su participación en las zonas no interconectadas y en otros usos energéticos.
Destacados de la Ley 1715 de 2014
- El Gobierno Nacional promoverá la generación con FNCE (Fuentes no convencionales de energía renovable) y la gestión eficiente de la energía mediante la expedición de los lineamientos de política energética, regulación técnica y económica.
- El Gobierno Nacional implementará un programa destinado a sustituir progresivamente la generación con diésel en las ZNI con el objetivo de reducir los costos de prestación del servicio y las emisiones de gases contaminantes.
- Se creará el Fondo de Energías no Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía para financiar programas de FNCE y gestión eficiente de energía.
- El Gobierno Nacional, en coordinación con las Corporaciones Autónomas, establecerá planes de actuación con el fin de fomentar el aprovechamiento energético de biomasa agrícola; además, la energía solar, eólica, geotérmica, la energía de los mares y el contenido energético de los residuos sólidos que no sean susceptibles de reutilización y reciclaje, serán considerados como FNCER
- En desarrollo del Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PROURE) y demás formas de energía no convencionales, el Ministerio de Minas y Energía deberá desarrollar una serie de instrumentos técnicos, jurídicos, económico-financieros, de planificación y de información, entre los que se contempla un plan de acción indicativo para el desarrollo del PROURE, reglamentaciones técnicas, sistemas de etiquetado e información al consumidor sobre eficiencia energética, y campañas de información y concientización.