No se podrían hacer manifestaciones a menos de 500 metros de aeropuertos | El Nuevo Siglo
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Miércoles, 11 de Diciembre de 2019
Redacción Nacional

Una propuesta para establecer lugares donde estaría prohibido hacer marchas y movilizaciones de protesta fue presentada en el Congreso.

Según el articulado puesto a consideración del Legislativo, “solo se podrá marchar o reunirse pacíficamente a una distancia de 500 metros de hospitales, centros de salud, puertos marítimos y fluviales, aeropuertos y bienes considerados como patrimonio cultural”.

El propósito del proyecto de ley radicado por el senador Juan Diego Gómez, del Partido Conservador, es reglamentar la protesta social para que no vuelvan a presentarse desmanes.

Según la exposición de motivos de la iniciativa, Colombia debe entender que el constituyente de 1991 incluyó el concepto de democracia participativa como elemento fundamental de la democracia y que de “allí se desprende el gran abanico de mecanismos de participación ciudadana y, por qué no advertirlo, el derecho fundamental a la manifestación social pacífica”.

Sin embargo, advirtió Gómez, “este derecho no es absoluto ni puede, ni tiene como propósito desplazar o sustituir a la democracia representativa, ni a las virtudes republicanas como lo son, por ejemplo, su institucionalidad pública, entre otras cuestiones, porque la composición pluralista, heterogénea, incluyente, genuina y heterodoxa de la manifestación la hace prácticamente inexplicable y difícil de identificar con claridad a efectos de desprender de allí mandato popular alguno”.

La propuesta radicada, pese a que reconoce la protesta social como un elemento fundamental de la democracia, indica que “nadie puede tampoco desconocer que son los brotes de violencia de un grupúsculo de inescrupulosos, desadaptados y criminales habitantes quienes, con sus delincuenciales actuaciones echan a perder lo que con tanto esfuerzo y con patriótico sentido de superación comunitaria, tratan de alcanzar los organizadores y líderes de las manifestaciones pacíficas”.

Agrega que como sociedad “tenemos que sincerarnos, como comunidad política y reconocer que para conseguir una adecuada protección a tan fundamental derecho democrático urge la necesidad de regularlo, precisamente para evitar injustas y peligrosas estigmatizaciones como, por ejemplo, que el Estado es un cuerpo criminal puesto al servicio de unas clases oligárquicas, rentísticas, patriarcales y parasitarias lo que hace al Estado ilegítimo o, por su parte, que los líderes sociales convocantes y su áulicos comunitarios son unos vagos, desadaptados e irremediables personajes violentos sin oficio distinto al de corromper a las masas para destrozar sistemática y delincuencialmente el orden público y, de esa manera, cargarse el promisorio destino nacional”.

Prohibiciones

El articulado de la iniciativa propone prohibir la presencia de encapuchados o de personas que empleen cualquier mecanismo que impida su identificación en las protestas. Igualmente indica que no se pueden utilizar elementos contundentes para atacar a la Fuerza Pública o al patrimonio público o privado.

“No se permitirá el uso de cualquier elemento que pueda ser empleado para atentar en contra de la integridad física de los miembros de la Fuerza, terceros y el patrimonio público y/o privado. Su uso implicará la imposición de sanciones señaladas en la presente ley”, indica el articulado.

La iniciativa indica que se prohíbe hacer grafitis en el patrimonio público “o usar cualquier mecanismo para marcar, sobreponer, escribir, destruir, obstruir los bienes de carácter público y privado en ejercicio de la manifestación social en lugares no autorizados por el reglamento para el efecto”.

Estado

El articulado también tiene disposiciones para el Estado. La norma busca que el cuerpo antidisturbios de la policía emplee “equipamiento y armamento tales como pistolas eléctricas tipo Taser y las demás que permitan el control de los actos violentos sin afectar la integridad física de ningún interviniente. No podrán utilizar armas de fuego”.

Igualmente, la Fuerza Pública deberá asistir a las manifestaciones con una ambulancia por cada trescientos 300 miembros de la Fuerza Pública que intervengan; un equipo de bomberos por cada 500 miembros de la Fuerza Pública y obliga a las autoridades a dirigir a los manifestantes violentos a lugares especializados de reclusión para iniciar la imposición de sanciones como multas o pérdida de beneficios educativos.

Los promotores de las protestas también deberán adquirir una póliza o un seguro especial para cubrir la totalidad de los daños, eventualmente, causados durante las manifestaciones. Además, se creará un fondo especial que indemnizará, por una sola vez, a los comerciantes que resulten afectados por los posibles desmanes que se generen durante las manifestaciones.