Condena a Palacio por ‘yidispolítica’ será revisada por la Corte Suprema | El Nuevo Siglo
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Jueves, 29 de Octubre de 2020
Redacción Política

La condena a seis años de prisión al exministro de la Protección Social, Diego Palacio, por el llamado escándalo de la ‘yidispolítica’, será revisada por la Corte Suprema de Justicia porque aceptó la impugnación que éste presentó tras el fallo de la Corte Constitucional en que concedió este derecho al exministro Andrés Felipe Arias, quien fue condenado a 17 años de cárcel por las irregularidades que se presentaron en el Programa Agro Ingreso Seguro.



Palacio fue condenado por la Corte Suprema en única instancia porque en esa época así lo contemplaba la ley, sin embargo esto cambió a partir del Acto Legislativo 01 de 2018 que instauró la doble instancia para los aforados constitucionales.

La Corte Suprema dio aplicabilidad a revisar las condenas para garantizar la doble instancia desde 2018, es decir a partir del Acto Legislativo 01 de 2018, lo que dejaba por fuera casos como el del exministro Arias.

Sin embargo en el fallo de la Corte Constitucional a una tutela que presentó el exministro Arias, le ordenó a la Corte Suprema dar curso a la solicitud de impugnación de la sentencia condenatoria.

A través de un comunicado, la Corte Constitucional anunció que resolvió proteger el derecho fundamental al debido proceso de Arias. En esa decisión, la mayoría de la Sala Plena partió de no desconocer la firmeza de la sentencia condenatoria proferida por la Sala de Casación Penal y tampoco de realizar pronunciamiento alguno sobre los hechos, pruebas o argumentos que determinaron la sanción contra Arias, aclarando que ese no era el objeto del trámite constitucional.

En tanto que en septiembre pasado, por decisión de la Corte Suprema de Justicia, el recurso de impugnación otorgado por la Corte Constitucional al exministro Andrés Felipe Arias Leiva lo extendió a las demás sentencias de única instancia emitidas por la Sala de Casación Penal de la Corporación entre 2014 y 2018.

Caso Palacio

El exministro Palacio ya pagó la condena de seis años de prisión y recuperó su libertad en 2018, entonces lo que busca con la impugnación que aceptó la Corte Suprema es restaurar su buen nombre.

Palacio y Sabas Pretelt de la Vega (ex ministro del Interior y de Justicia), junto con el entonces secretario de la Presidencia de la República, Alberto Velásquez, fueron condenados porque supuestamente hicieron ofrecimientos a algunos parlamentarios de la Cámara para que se aprobara la reforma constitucional que introdujo la reelección presidencial inmediata, que permitió al entonces presidente Álvaro Uribe presentarse a las elecciones de 2006 y lograr cuatro años más en el poder.

El escándalo estalló cuando la entonces representante a la Cámara por Santander, Yidis Medina, aseguró que estos funcionarios de la Casa de Nariño les prometieron dádivas a cambio de su voto.

Palacio junto a Sabas Pretelt de la Vega fueron absueltos de la investigación disciplinaria adelantada por la Procuraduría,​ pero otra cosa concluyó la Corte Suprema que los condenó a seis años de prisión. Igual sucedió con Velásquez a quien un juez le aplicó la misma pena.

Además de Medina, también fueron condenados los ex congresistas Teodolindo Avendaño e Iván Díaz Mateus por parte de la Corte Suprema de Justicia. ​

Diego Palacio siempre ha defendido su inocencia y atribuyó​ a fines publicitarios la declaración de Yidis Medina. Dijo que sus acusaciones sobre beneficios entregados a la exrepresentante a la Cámara son inconsistentes.

La Corte en su fallo dejó claro que en el caso del exministro Palacio se demostró que había contratado a Vania Constanza Castro Varona, nuera de Teodolindo Avendaño, para atender asuntos de Foncolpuertos en la ciudad de Cali, al igual que el ofrecimiento de una notaría que, un año más tarde, le entregó Sabas Pretelt de la Vega a Teodolindo Avendaño. Así mismo, el ofrecer a Yidis Medina la dirección de la Clínica Primero de Mayo de Barrancabermeja, donde fue nombrado el ingeniero químico Carlos Correa Mosquera.

“Los tres acusados –concluye la Corte– actuaron mancomunadamente, guiados por el mismo propósito: procurar disipar el quórum de los 18 congresistas que apoyaban la solicitud de archivo, y prevalidos de su condición de miembros del equipo de Gobierno y conocedores del interés que el presidente de la República tenía en que la reelección presidencial cumpliera satisfactoriamente el trámite legislativo en el Congreso, le hicieron ofrecimientos a Yidis Medina y a Teodolindo Avendaño de los cargos que podían estar disponibles, para asignárselos en pago, a la primera, con el fin de realizar un acto contrario a sus funciones y, al segundo, para que lo omitiera”.