CNE presenta normativa para los candidatos a curules de paz | El Nuevo Siglo
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Jueves, 7 de Octubre de 2021
Redacción Web

La presidenta del Consejo Nacional Electoral, Doris Ruth Méndez, dio apertura en Montería al primer comité de seguimiento electoral para la implementación del Acto Legislativo 02 de 2021, por la cual se crean las 16 curules transitorias especiales de paz en la Cámara de Representantes.

En el comité participaron representantes de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Ministerio del Interior, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Unidad Nacional de Victimas y la Unidad Nacional de Protección, entre otras.

Durante el encuentro se dieron a conocer las actividades que cada una de ellas viene adelantando para la implementación de este acto legislativo, que fue reglamentado con la firma del presidente Iván Duque el pasado miércoles en Cúcuta.


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Por su parte, la Presidenta Doris Ruth Méndez aseguró que desde el CNE se continuará trabajando articuladamente para asegurar que este proceso electoral, en el que participarán centenares de víctimas del conflicto armado de los municipios más golpeados por la violencia.

En el paquete de resoluciones que regulan algunas de las actividades que se realizan dentro del proceso electoral como fijar los límites a los montos de gastos de las campañas electorales, los valores máximos que cada organización puede invertir en ellas y el valor de reposición por voto válido, además de los aspectos relativos a los anticipos de la Financiación Estatal

También se regula el reporte de gastos en la recolección de firmas de candidaturas por parte de los grupos significativos de ciudadanos.

Se definirá el número máximo de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso y se adoptan medidas para garantizar la inspección, vigilancia y control a la propaganda electoral de las campañas políticas.

Finalmente se regula y establece el procedimiento para el manejo de las donaciones realizadas a través del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales, así cómo el registro de libros contables, la presentación de informes de ingresos y gastos de campañas electorales y la reposición de gastos de campaña.