Ordenan suspender préstamo de US$370 millones a Avianca | El Nuevo Siglo
Viernes, 11 de Septiembre de 2020
Redacción Web

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó este viernes suspender el desembolso del crédito que le concedería el Gobierno Nacional a la aerolínea Avianca por $US 370 millones de dólares. 

Esta decisión fue acatada por el tribunal al aceptar una demanda de un ciudadano que consideró “vulnerados y/o amenazados los derechos colectivos a la seguridad social (en lo que a su sostenibilidad se refiere), al patrimonio público y a la moralidad administrativa por la aprobación e inminente desembolso”.

 

Por esa razón ordenó una seria de medidas cautelares consistentes, en primera medida, “en suspender el desembolso del crédito aprobado a Avianca Holdings S.A. por el Fondo de Mitigación de Emergencias (Fome)”, que serán notificadas el ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla y al presidente Iván Duque.

Además, el Ministro de Hacienda deberá presentar un informe públicamente con el análisis objetivo “que llevó a aprobar en favor de Avianca Holdings S.A. el crédito por un valor de US370 millones”.

También el presidente Duque tendrá que comunicar, previo a cualquier desembolso que se haga a la compañía, cualquier posible conflicto de intereses por la circunstancia de que su hermana, María Paula Duque Samper, se desempeña como Vicepresidente Senior de Relaciones Estratégicas y experiencia del Cliente de Avianca Holdings.

 

De acuerdo con el ministerio de Hacienda, hasta ahora el Gobierno Nacional no ha sido notificado de la decisión de este tribunal. 

En su momento, el ejecutivo informó que este préstamo se dará con recursos del FOME en una transacción de 18 meses que corresponde al tiempo estimado en el que se hará la reestructuración de la compañía.

Según manifestó la cartera de Hacienda con estos recursos se busca garantizar la conectividad aérea del país, “la afectación a la operación de Avianca tendría repercusiones negativas en la calidad del servicio aéreo, en la economía y en la competitividad del país”. 

Lea aquí el fallo completo: