Por no atender las advertencias de aplicar medidas de seguridad en los juguetes que comercializan, la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, decidió abrir una investigación formal y formular pliego de cargos, contra varios almacenes de grandes superficies.
Las medidas aplican para Panamericana Librería y Papelería S.A., Caja Colombiana de Subsidio Familiar Colsubsidio, Grandes Superficies de Colombia S.A. -Jumbo, Alkosto S.A., Ripley Colombia Tiendas por Departamento S.A.S. y Supertiendas y Droguerías Olímpica S.A-.
En marzo de este año, la SIC advirtió a los almacenes que no podían producir, distribuir y comercializar todo juguete -incluido el control remoto con el que opere- que no cuente con un sistema de seguridad que restrinja el fácil acceso al compartimiento de las pilas o baterías y de aquellos otros cuyo mecanismo de transmisión de energía no las resguarde adecuadamente por tener un tipo de ajuste que se abra con facilidad.
Esto ocurre, entre otras circunstancias, “cuando no se necesita una herramienta para ello o cuando su apertura se produce en un solo movimiento”.
La SIC en cumplimiento de sus funciones de inspección, vigilancia y control en protección al consumidor realizó una visita de verificación a dichos establecimientos de comercio en Bogotá y encontró que “algunos de los juguetes que actualmente se comercializan no cuentan con un sistema de seguridad para las baterías (pilas), tal y como lo ordenó, de manera definitiva, la Superintendencia de Industria y Comercio desde marzo de 2013”.
La Entidad advirtió que los peligros que representan para el consumidor el contacto directo con las baterías son “asfixia por presencia de cuerpo extraño (obstrucción, lesión por compresión), lesiones por quemaduras (causticidad), ocasionada por la liberación de sustancias corrosivas en el lugar donde se aloje la batería, aun cuando su carga pareciera ser mínima, pues la conducción de electricidad puede ser facilitada por los líquidos corporales”.
También, “envenenamiento por toxicidad de sus componentes (mercurio, litio, cadmio, manganeso), los cuales pueden ser liberados de su estructura y ser absorbidos por el organismo causando daños, incluso, en órganos alejados”.
Adicionalmente, para evitar que se sigan comercializando dichos juguetes en las condiciones actuales, situación que representa un riesgo para la seguridad de los consumidores, especialmente los niños, la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó como medida preventiva o cautelar, la suspensión inmediata de la comercialización de dichos juguetes.
“En caso de que el proceso termine declarando que existió violación a los numerales 8 y 9 del artículo 59 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), la Superintendencia de Industria y Comercio, de conformidad con lo establecido en el artículo 61, puede imponer, entre otras, una sanción de hasta dos mil salarios mínimos legales mensuales (2.000 smlmv), es decir, mil ciento setenta y nueve millones de pesos ($1.179 millones) a cada una de las sociedades investigadas”, agregó la SIC.
Estas decisiones de la SIC, se adoptan para prevenir riesgos a la vida, la salud, la seguridad y la integridad de los consumidores, especialmente los niños. Por esta razón, la SIC recomienda a los consumidores que adviertan la presencia de estas irregularidades en otros juguetes o establecimientos de comercio, que se abstengan de adquirirlos e informen o denuncien ante esta Entidad.
Contra las resoluciones por medio de las cuales se abrieron formalmente las investigaciones y se formularon pliegos de cargos, así como las que decretan las medidas preventivas o cautelares de suspensión de comercialización de los productos no procede ningún recurso.