En intenciones se quedó el interés que mostraron ciudadanos en todo el país de promover el voto en blanco en las elecciones regionales de este 30 de octubre, pues de los 68 grupos que se inscribieron solamente uno cumplió con los requisitos de ley.
El grupo significativo de ciudadanos “La Voz de la Conciencia”, que se inscribió para la circunscripción del Concejo Municipal en la ciudad de Santa Marta, fue el único que superó la revisión que adelantó la Registraduría Nacional del Estado Civil según los requisitos de ley, reglamentados por la Resolución No 920 del Consejo Nacional Electoral.
Durante el período de inscripción de candidatos, que culminó el pasado 10 de agosto, un total de 68 promotores del voto en blanco se habían inscrito. De acuerdo con la Ley 1475 de 2011, en el artículo 28, “los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que decidan promover el voto en blanco y los comités independientes que se organicen para el efecto, deberán inscribirse ante la autoridad electoral competente para recibir la inscripción de candidatos, de listas o de la correspondiente iniciativa en los mecanismos de participación ciudadana. A dichos promotores se les reconocerán, en lo que fuere pertinente, los derechos y garantías que la ley establece para las demás campañas electorales, incluida la reposición de gastos de campaña, hasta el monto que previamente haya fijado el Consejo Nacional Electoral”.
De acuerdo con lo determinado por el Consejo Nacional Electoral, en las circunscripciones en las que se inscribieron grupos promotores de voto en blanco el ciudadano podrá marcar la casilla habitual de voto en blanco o, si así lo decide, marcar la casilla del grupo promotor de voto en blanco de su preferencia, de acuerdo con los grupos inscritos en su municipio, en una presentación similar a la de los inscritos por voto preferente.
En las circunscripciones en donde no se inscribieron promotores del voto en blanco la tarjeta traerá la casilla habitual para que los ciudadanos marquen esta opción, sin casillas adicionales.
Entre los requisitos para la inscripción de las campañas de promoción del voto en blanco está que deben ser conformados por cinco ciudadanos aptos para votar en la circunscripción en que adelanten la promoción, y para constituirse requerirán de un número de apoyos, representados en firmas, de los ciudadanos hábiles para votar en la circunscripción en la que se promueve el voto en blanco, equivalentes al veinte por ciento del resultado de dividir el número de ciudadanos aptos para votar entre el número de puestos por proveer en la elección en la que se promociona la opción. “En ningún caso se exigirán más de cincuenta mil firmas”, establece la norma.
Una opción que crece
La Reforma Política de 2009 le dio un valor práctico al voto en blanco al establecer que deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría.
La norma establece que “tratándose de elecciones unipersonales no podrán presentarse los mismos candidatos, mientras en las de corporaciones públicas no se podrán presentar a las nuevas elecciones las listas que no hayan alcanzado el umbral”.
Aunque por el momento luce poco probable que el voto en blanco pueda derrotar a las maquinarias electorales, los analistas consideran que cada vez más los ciudadanos se apropian de este mecanismo para mostrar su inconformidad con los políticos en general o, en particular, con los programas que promueven en determinada elección.
Bogotá es la ciudad del país que más vota en blanco, como se notó en los comicios parlamentarios de marzo del año anterior, pues en el caso de Senado 70.680 sufragios fueron para esa opción; mientras que en 2006 se registraron 54.172 de esos votos.