Tribunal adelanta varios juicios en este momento
Colombia ya está en disposición de poner sus prisiones al servicio de la Corte Penal Internacional para que allí sean confinadas personas condenadas por este tribunal de justicia internacional, en virtud de un acuerdo que fue firmado y ratificado por el Congreso colombiano el año anterior.
De esta forma, Colombia se convierte en la séptima nación que ofrece sus prisiones para que allí purguen penas personas condenadas por esta Corte Internacional por crímenes de lesa humanidad y violaciones al Derecho Internacional, que son además Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Reino Unido y Serbia.
En el año 2002, el Congreso de la República ratificó la adhesión de Colombia a la Corte Penal Internacional, mecanismo jurídico surgido al seno de Naciones Unidas diseñado e implementado para asegurar que las violaciones de los Derechos Humanos y las Infracciones del Derecho Internacional Humanitario no queden en la impunidad por la inacción de las justicias nacionales.
Tras la segunda Guerra Mundial y ante las atrocidades que se cometieron surgió la necesidad de crear los tribunales de Núremberg y Tokio. Años después aparecieron los tribunales para la ex Yugoslavia y Ruanda. No obstante, estas cortes fueron creadas ex post facto y para misiones específicas. De ahí que hubiese un relativo consenso acerca de la necesidad de erigir un tribunal permanente, con vocación universal y con competencia para conocer de los crímenes más graves de trascendencia internacional.
Lo que llevó en 1998 a la creación de la Corte Penal Internacional a través del denominado Estatuto de Roma, por medio del cual los países signatarios aceptan la competencia de este Tribunal en caso de que sus justicias internas no castiguen crímenes de lesa humanidad y violaciones al Derecho Internacional Humanitario.
No obstante que desde el año 2002 Colombia firmara su ingreso al Estatuto de Roma, convino una salvaguarda de 7 años, que venció el 1° de noviembre de 2009, momento a partir del cual este Tribunal tiene plena competencia para investigar crímenes de lesa humanidad que a su juicio no sean castigados por la justicia nacional.
Este es uno de los mayores interrogantes que surgen frente a los eventuales acuerdos que puedan surgir en las conversaciones de paz que desde noviembre de 2012 adelanta la administración Santos en La Habana con las Farc, pues el procurador Alejandro Ordóñez ha alertado que podría presentarse impunidad y como consecuencia la intervención de la justicia internacional expresada en la Corte Penal.
Incluso, el jefe del Ministerio Público fue más allá, pues viajó hasta La Haya para reunirse con la primera vicepresidenta de la CPI, la jueza Sanji Monageng, y la fiscal Fatou Bensouda, a quienes manifestó sus temores por la eventual impunidad que se podría presentar frente a los graves delitos cometidos por las Farc. Además dijo que en caso de materializarse esta situación la Procuraduría estaría dispuesta a solicitar a la Corte Penal Internacional que active su competencia para el caso colombiano.
Procesos en marcha
Varias condenas e investigaciones en curso se han producido durante la existencia de la Corte Penal Internacional, entre ellas contra el exlíder de la milicia congoleña, Thomas Lubanga, condenado en 2012 a 14 años de prisión por reclutar niños-soldado. Es una condena histórica, ya que ha sido el primer caso cerrado por la CPI.
También en la actualidad avanza el juicio alvicepresidente keniano William Ruto por crímenes contra la Humanidad.
Igualmente, el organismo abrió varias investigaciones por los crímenes de guerra que se produjeron en Libia en levantamiento popular contra el gobierno de Muamar el Gadafi, quien no pudo ser procesado porque antes fue ejecutado por las fuerzas rebeldes.
En mayo de 2011, Colombia firmó con la Corte Penal Internacional el acuerdo sobre la Ejecución de las Penas Impuestas, el cual ya está en vigencia luego de que el Congreso lo ratificara a través de la Ley 1662 de 2013 y la respectiva sanción presidencial.
Como consecuencia, Colombia se pone a disposición de ser designado por la Corte Penal Internacional para que en su territorio se cumplan condenas decretadas por este organismo. “La pena privativa de libertad se cumplirá en un Estado designado por la Corte sobre la base de una lista de Estados que hayan manifestado a la Corte que están dispuestos a recibir condenados”, señala el artículo 103 del Estatuto de Roma.
Colombia es uno de los siete Estados a donde sería enviado el vicepresidente keniano William Ruto, juzgado por crímenes contra la humanidad.