Después de más de un año de diálogo y concertación con todos los actores del gremio en un proceso que terminó con un consenso general, el presidente Juan Manuel Santos firmó el Decreto 1047 que establece las condiciones para que todos los taxistas del país tengan acceso a seguridad social.
La norma establece como requisito que ningún conductor puede operar mientras no se haya realizado el pago respectivo de salud, pensión y riesgos laborales que según el decreto se hará a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA.
En el proceso de concertación se realizaron más de 32 mesas de trabajo y más de 60 sesiones de socialización, intervinieron representantes de los trabajadores y diferentes sindicatos, propietarios de vehículos, empresarios y agremiaciones del sector, además de delegados de los Ministerios del Trabajo, de Transporte, las TIC y la Alta Consejería para la Seguridad y la Convivencia.
La afiliación y pago de la cotización a la seguridad social de los taxistas se regirá por las normas establecidas para el Sistema General de Seguridad Social y su riesgo ocupacional estará clasificado en nivel cuatro, por ser considerada una actividad de riesgo alto.
Las entidades administradoras del Sistema Integral de Seguridad Social no podrán impedir, entorpecer o negar la afiliación de los conductores cubiertos por el presente Decreto y el Ministerio de Salud y Protección Social expedirá las disposiciones para actualizar, en lo que sea necesario, la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA, para permitir la identificación de los conductores.