Suspendida destitución contra Gustavo Petro | El Nuevo Siglo
Martes, 14 de Enero de 2014

La destitución e inhabilidad por 15 años para ejercer cargos públicos del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, ordenada por la Procuraduría General, quedó suspendida de manera provisional por decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

 

La Corporación “adoptó la decisión de ordenar la suspensión provisional” de la sanción a Petro, señaló el magistrado José María Armenta.

Esta resolución, basada en una acción de tutela, ordena al presidente Juan Manuel Santos “que se abstenga de darle cumplimiento” a la sanción hasta que haya una decisión de fondo. La medida contra Petro requiere del aval del Mandatario para ser ejecutada.

Petro celebró la noticia y aseguró que es una “muestra de que si la justicia y las multitudes van de la mano, se puede detener la tiranía y la arbitrariedad, se puede construir realmente una Colombia democrática”.

La tutela fue presentada por el ciudadano José Gotardo Pérez Soto, quien en defensa de Petro interpuso una acción popular, al considerar que el fallo de la Procuraduría General contra el mandatario vulnera los derechos fundamentales del mandatario capitalino.

 

“Resulta imperativo aseverar que la decisión del Procurador de destituir e inhabilitar a un servidor público elegido a través del procedimiento del voto popular es abiertamente contrario a la Convención Interamericana de Derechos, en la medida en que aniquila los derechos políticos de las personas sin fórmula de juicio y sin competencia porque ésta le viene adscrita en la mencionada Convención, sólo a los jueces”, señala el documento de 21 páginas del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

“El Procurador es un servidor público administrativo de control más no un juez, por esta razón la decisión que así adopte el jefe del Ministerio Público 'per se' constituirá una verdadera vía de hecho, y por ello quebranta de manera frontal las reglas mínimas del derecho fundamental constitucional al debido proceso”, precisa la decisión.

 Señala que “si las normas de los tratados internacionales son prevalentes frente al derecho interno, deviene imperativo que no siendo el Procurador juez su decisión es absolutamente proferida sin competencia”.

En la parte resolutiva, al admitir la acción de tutela que promovió un ciudadano, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca notifica: “Ordénese al Presidente de la República que se abstenga de darle cumplimiento a la decisión administrativa disciplinaria sancionatoria impuesta por la Procuraduría General de la Nación”.

 

Las razones

Luis Fontalvo, abogado del alcalde Petro, explicó que la medida adoptada por el Tribunal tiene “carácter temporal, transitorio, como diríamos cautelar, con la intención de evitar daños inminentes”.

“Esa tutela debe tramitarse para establecer si hubo vulneración a derechos fundamentales del señor alcalde”, añadió el abogado.

El Tribunal cuenta con un plazo de diez días para decidir sobre el fondo de la tutela, presentada por supuesta vulneración de los derechos políticos del alcalde.

La Procuraduría sancionó a Petro el pasado 9 de diciembre con destitución e inhabilidad, en un caso de dolo en el manejo del sistema de recolección de basuras de Bogotá.

Según el Ministerio Público, Petro “cometió tres faltas disciplinarias gravísimas”, dos de ellas a título de dolo, al modificar a fines de 2012 el sistema de recolección de basura, que pasó de ser una concesión adjudicada a compañías privadas a estar manejado por la empresa pública de aguas.

 

Horas antes de que el Tribunal anunciara la suspensión temporal de la sanción contra Petro, el ministro de Justicia, Alfonso Gómez, había anunciado que el presidente Santos ejecutaría la destitución del Alcalde a menos que antes se emitiera una orden judicial contraria.

“El gobierno tiene muy claro que le corresponde cumplir la decisión de la Procuraduría, si no existe una decisión de otro orden que le impida hacerlo”, aseguró Gómez.

“Ahora, si hay una decisión de otro orden judicial (como una tutela) que le quite efecto a esa decisión antes de que el presidente tenga que pronunciarse, naturalmente ya no sería lo mismo”, explicó el Ministro.

Tras el anuncio de la sanción en diciembre, que produjo masivas manifestaciones en las calles de Bogotá, la defensa de Petro recurrió el fallo ante la misma Procuraduría -que procedió a confirmarla el lunes- y presentó también un recurso ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Además, el Alcalde llevó su caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pero este organismo aún no se ha pronunciado.

 

Reacciona el Alcalde

 

Pocos minutos después de conocerse el fallo de tutela, el alcalde dijo que “magistrados valientes logran detener la arbitrariedad que consulta los derechos de la ciudadanía, una multitud ciudadana que supo defender los derechos de la ciudad. Entre las multitudes y la justicia se detuvo un acto de tiranía y de arbitrariedad en un hecho que indudablemente va a ser historia, va a ser paz, va a ser democracia”.

Señaló que “confiamos en nuestro pueblo y confiamos en la justicia, y esa apuesta en la que nunca perdimos la fe a pesar de lo duro de estas semanas, fue una buena apuesta”.

Para el Alcalde, tras conocerse su destitución, los días subsiguientes han sido una experiencia de dignidad ciudadana. “Es ejemplo para Colombia y América Latina. Llenamos una página democrática del mundo con hidalguía, con dignidad, y esos ciudadanos hombres, mujeres, jóvenes y hasta niños, se merecen un aplauso de la humanidad porque han escrito una gran página en pro de la lucha por la democracia”.

 

Entre tanto, según la Luciérnaga de Caracol Radio, la esposa del magistrado del Tribunal que tomó la decisión de suspender temporalmente la destitución del alcalde Petro, es funcionaria del Acueducto de Bogotá.

El Magistrado negó que sea amigo de Petro y dijo que “hace más de 30 años cuando lo veía en alguna clase no hablo con él”.